by Kathering Otaiza 5 years ago
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Cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho el carácter de punible o disminuya la pena establecida
Cuando la sentencia condenatoria fue pronunciada a consecuencia de prevaricación o corrupción de uno o más jueces que la hayan dictado, cuya existencia sea declarada por sentencia firme
Cuando con posterioridad a la sentencia condenatoria, ocurra o se descubra algún hecho o aparezca algún documento desconocido durante el proceso, que sean de tal naturaleza que hagan evidente que el hecho no existió o que el imputado no lo cometió
Cuando la prueba en que se basó la condena resulta falsa
Cuando la sentencia dio por probado el homicidio de una persona cuya existencia posterior a la época de su presunta muerte resulte demostrada plenamente
Cuando en virtud de sentencias contradictorias estén sufriendo condena dos o más personas por un mismo delito, que no pudo ser cometido más que por una sola
con el escrito se promoverá la prueba y se acompañarán los documentos.
del vacío jurídico proveniente de no haberse sancionado la Ley Orgánica para la revisión Constitucional
abriendo
la posibilidad de que la Sala Constitucional ejercer la jurisdicción constitucional conforme al Titulo VIII de la Constitución
está viciada por un error que desvirtúa el hecho delictual que dio origen al proceso,
por lo que
debe proceder todo el tiempo, pero a favor del imputado.