by Alejandra Hernandez 4 years ago
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si la incapacidad proviene de un riesgo no profesional
el trabajador tendrá derecho a que se le pague un mes de salario y doce días por cada año de sus servicios de conformidad de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 162
así si el trabajador lo desea a que se le coloque en otro puesto que valla con sus aptitudes independientes de las prestaciones que le correspondan conforme a las leyes
dentro de los quince siguientes días de la terminación de la causa de suspencion
al dia siguiente que se termine la causa de suspencion
sean llamados para alistarse en la guardia nacional
en caso de la fracción 8
en caso de la fracción 7
en los casos de la fracciones 5 y 6
tratándose de las fracciones 3 y 4
en los casos 1 y 2 del articulo anterior
emitan una contingencia sanitaria
conforme a las disposiciones aplicables
en caso de los trabajadores contratados bajo esta modalidad
prestaciones de servicio
reglamentos
Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa
Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
Obligaciones consignadas en el articulo 31,Fracción III de la misma constitución
se dará los salarios vencidos e intereses en los términos previstos en el articulo 48 de esta ley
si la relación fue por mas de un año
la indemnizacion sera
de 20 días de salario por los años que haya trabajado
si la relación de trabajo fue menor a un año
sera la mitad del tiempo trabajado
igual a los salarios
cuando se trate de trabajadores eventuales
en el trabajo del hogar
en caso de trabajadores de confianza
si el tribunal decide que no es posible el desarrollo normal dela relación de trabajo
cuando el trabajador tenga antigüedad menor de un año
negarse a recibir un trabajador del Centro de Conciliación o del Tribunal
retrasar y obstruir la entrega de la constancia de representatividad sin causa justificada
ocultar expedientes con el fin de retrasar el juicio o impedir la celebración de una audiencia o diligencia
retrasar un acuerdo o resolución mas de 8 días de los plazos establecidos por la ley
admitir pruebas no relacionadas con la litis que dilaten el procedimiento
retrasar deliberadamente la ejecución de sentencias
recibir una dádiva de alguna de las partes o un tercero
dilatar de manera deliberada la notificación de una audiencia de conciliación
omitir o efectuar una notificación dentro del plazo establecido por la ley u ordenamiento por la autoridad laboral
decir que una cédula se presento sin que esta se haya realizado
levantar razón de una notificación haciendo constar que se constituyo
demandar la titularidad de un contrato colectivo de trabajo
negar el acceso al lugar de trabajo a algún actuario o notificador de la autoridad laboral
presentación de hechos totalmente falsos en el juicio laboral
exigir la firma de papeles en blanco en la contratación o en cualquier momento de la relación de trabajo
alterar algún documento firmado por el trabajador para con un fin distinto para incorporar a la renuncia
ofrecer algún servicio personal o soborno a los integrantes del Centro Federal de Conciliación
si el despido no es justificado el trabajador podrá solicitar ante el tribunal o la Autoridad Conciliadora correspondiente quesea reinstalado en el trabajo que desempeñaba
si al termino de 12 meses no se logra concluir el procedimiento se pagara al trabajador los intereses que se generen sobre el importe que se genere en 15 meses de salario
si en caso de juicio el patrón no logra comprobar que el despido es justificado el trabajador tendrá derecho a a que se le paguen los salarios vencidos
el patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que se refiera claramente la conducta o conductas que motivan la rescicicon y la fecha o fechas que cometieron
el despido debe ser justificado obligatoria mente
la prescripción para ejercer las acciones derivadas del despido no comenzara a correr sino hasta que el trabajador reciba el aviso de rescisión
o bien comunicarlo al tribunal competente dentro de los 5 días hábiles siguientes
el aviso deberá entregarse al trabajador en el momento justo del despido
la sentencia ejecutoria que imponga al trabajador una pena
negarse el trabajador a seguir medidas preventivas para evitar accidentes
desobedecer el trabajador al patrón o asusrepresentantes
tener el trabajador mas de 3 faltas en un periodo de 30 días
cometer actos inmorales o de hostigamiento,acoso sexual contra alguna persona en el establecimiento
comprometer la seguridad del establecimiento o delas personas que se encuentren en el
ocasionar el trabajador los prejucios del articulo anterior
cometer el trabajador contra el patrón fuera del servicio
cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros
la falta de documentos que exijan las leyes y reglamentos necesarios para la prestación de servicios
incurrir eltrabajador durante sus labores
referencias
dejara de tener efecto después de 30 días de prestar sus servicios al trabajador
Subtopic
actitudes
aptitudes
capacidad
certificados falsos
recomendaciones faalsas