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door Beatriz Gizel 1 dag geleden

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Información pública

En México, el derecho de acceso a la información pública está regulado por la Ley General de Transparencia y el Artículo 6 de la Constitución. Las entidades públicas, incluyendo los tres poderes del gobierno, partidos políticos, órganos autónomos y sindicatos financiados con recursos públicos, están obligadas a proporcionar información.

Información pública

Información pública

Proceso de Atención a la Solicitud

Entrega de la información
Notificación al solicitante sobre la disponibilidad de la información
Según la modalidad solicitada
Plazos legales
Prórroga de 10 días hábiles en casos justificados
Respuesta en un máximo de 20 días hábiles

Recurso de revisión

Plazo para Interponer el Recurso
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la respuesta o falta de ella
procede cuando
No se cumple con los plazos de respuesta
La infomración proporcionada es incompleta
se niega total o parcialmente la información

Consideraciones Adicionales

La negativa injustificada de información puede derivar en sanciones para el sujeto obligado
El acceso a la información es gratuito,

Requisitos de la solicitud

Modalidad en que se prefiere se otorgue el acceso a la información
Descripción de la información solicitada
Domicilio o medio para recibir notificaciones
Descripción de la información requerida

Dónde acudir a presentar solicitud de acceso a información pública

Por correo electrónico, postal o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional de Transparencia
Por medio de internet: http://www.plataformadetransparencia.org.mx/
Acudiendo personalmente a la Unidad de Transparencia del sujeto obligado

Sujetos Obligados

Entidades públicas que deben proporcionar información
Sindicatos que reciban recursos públicos
Partidos políticos
Órganos autónomos
Poder ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Derecho de acceso a la información pública

Ley General de transparencia y Acceso a la Información pública
Artículo 6 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos