作者:Beatriz Gizel 2 天以前
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Información pública
En México, el derecho de acceso a la información pública está regulado por la Ley General de Transparencia y el Artículo 6 de la Constitución. Las entidades públicas, incluyendo los tres poderes del gobierno, partidos políticos, órganos autónomos y sindicatos financiados con recursos públicos, están obligadas a proporcionar información.
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Información pública Proceso de Atención a la Solicitud Entrega de la información Notificación al solicitante sobre la disponibilidad de la información Según la modalidad solicitada Plazos legales Prórroga de 10 días hábiles en casos justificados Respuesta en un máximo de 20 días hábiles Recurso de revisión Plazo para Interponer el Recurso Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la respuesta o falta de ella procede cuando No se cumple con los plazos de respuesta La infomración proporcionada es incompleta se niega total o parcialmente la información Consideraciones Adicionales La negativa injustificada de información puede derivar en sanciones para el sujeto obligado El acceso a la información es gratuito, Requisitos de la solicitud Modalidad en que se prefiere se otorgue el acceso a la información Descripción de la información solicitada Domicilio o medio para recibir notificaciones Descripción de la información requerida Dónde acudir a presentar solicitud de acceso a información pública Por correo electrónico, postal o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional de Transparencia Por medio de internet: http://www.plataformadetransparencia.org.mx/ Acudiendo personalmente a la Unidad de Transparencia del sujeto obligado Sujetos Obligados Entidades públicas que deben proporcionar información Sindicatos que reciban recursos públicos Partidos políticos Órganos autónomos Poder ejecutivo, Legislativo y Judicial. Derecho de acceso a la información pública Ley General de transparencia y Acceso a la Información pública Artículo 6 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos