door Wendy Quiñones 3 jaren geleden
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En el artículo 20 del decreto 1295 de 1994, se establecen los siguientes objetivos del Sistema General de Riesgos Profesionales:
DEFINICIONES BÁSICAS DE SALUD OCUPACIONAL Para ello debe mantener una comunicación abierta con los demás organismos de la salud y desarrollo económico, pues no debe olvidarse que el trabajo es un derecho del hombre y que ese hombre es un ser integral dentro de la sociedad. Por tanto, la salud ocupacional debe optar por brindar esa salud integral al trabajador. Un trabajador sano aporta y estimula a la producción, disminuye las cargas sociales, enriquece al capital humano y baja el costo de la vida.
En el artículo 90 del decreto 614 de 1984 se define como: conjunto de actividades médicas y paramédicas destinadas a promover y mejorar la salud del trabajador, evaluar su capacidad laboral y ubicarlo en un lugar de trabajo de acuerdo con sus condiciones sicobiológicas.
DEFINICIONES BÁSICAS DE SALUD OCUPACIONAL El higienista deberá contrastar en una forma crítica la información recibida, con el fin de ser lo más objetivo posible. Debe obtenerse información acerca de: • Actividad económica de la empresa. • Productos empleados o manipulados (materias primas, intermedios y finales) con los que puede contaminarse el ambiente. • Procesos y procedimientos utilizados para la transformación. • Organización del trabajo en la empresa (número de obreros por departamento y sección, sexo, edad de los obreros expuestos, procesos y operaciones, turnos y horarios de trabajo, distribución general de los edificios, locales, etc.). • Datos epidemiológicos, con el fin de orientar la identificación de aquellos procesos que presentan riesgos higiénicos. • Sintomatología presentada por los obreros afectados. Segunda fase: identificación del riesgo Esta fase debe realizarse visitando los puestos de trabajo y tomando los datos básicos necesarios para la evaluación. Se debe preparar por anticipado la visita para obtener el máximo rendimiento de la misma.
Esta fase consta de tres pasos: Preparación de la visita, Ejecución de la visita y Evaluación del riesgo detectado: Preparación de la visita: • Conocimientos tecnológicos sobre la actividad de la empresa y los procesos a estudiar. • Riesgos higiénicos derivados de las sustancias manipuladas. • Establecimiento de correlaciones teóricas entre los datos epidemiológicos y los posibles riesgos higiénicos. La no existencia de una patología laboral definida no significa en absoluto que no exista un riesgo higiénico, pues hay patologías que se demoran años para manifestarse. Es necesario contrastar los datos con la historia laboral. • Selección de los instrumentos necesarios para la valoración de los ambientes de trabajo. • La sospecha de la presencia de contaminantes debe comprobarse con aparatos, los cuales se pueden clasificar según su tipo en: • Equipos de lectura directa. • Los que retienen el contaminante contenido en un volumen de aire conocido. • Los que colectan un volumen determinado de aire para su posterior análisis en el laboratorio. Normalmente, el instrumento elegido para la valoración de un ambiente laboral debe proporcionar la necesaria sensibilidad, exactitud, reproducibilidad y, de preferencia, rápidos resultados. Es necesario conocer las limitaciones del equipo, cuáles sustancias pueden crear interferencias y la exactitud y sensibilidad del mismo.
La promoción se hace a través de la concientización a los trabajadores y empresarios en relación con los efectos de los riesgos del trabajo sobre la salud y propendiendo por el mantenimiento y el mejoramiento de las condiciones de salud de los trabajadores. La prevención y el control se hacen mediante la identificación y control de los factores de riesgo que inciden sobre la salud física y mental, practicando exámenes médicos de admisión y periódicos de control, que permitan la identificación y vigilancia de los trabajadores expuestos a riesgos específicos. Ergonomía: es el estudio científico de la relación entre el hombre y su sistema de trabajo, el cual busca que el ambiente sea compatible con la comodidad y con la salud y esté acorde con las condiciones físicas del individuo. Las definiciones que le han dado fundamento al trabajo de la ergonomía y así mismo a su etimología (Ergón: Trabajo, Nomos: Ley) se refieren particularmente a: • Las leyes que rigen el trabajo o el conocimiento que de él se posee. • El estudio de la actividad humana en el trabajo. • La adaptación del trabajo a las características sicofísicas del trabajador. • “Aliviar” el trabajo y elevar la eficiencia y calidad de la producción.
. En el artículo primero del decreto 1295 de 1994 se define el Sistema General de Riesgos Profesionales como “el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan” Entre las disciplinas que intervienen están las siguientes: Medicina preventiva: conjunto de actividades dirigidas a la identificación precoz de los agentes que pueden causar enfermedades o lesiones, a su control óptimo y a la rehabilitación integral del individuo afectado. Medicina del trabajo: conjunto de actividades multidisciplinarias destinadas a la promoción, prevención y control de la salud de los operarios, con el fin de ubicarlos en un puesto de trabajo de acuerdo con sus condiciones sicofisiológicas.
: a. Establecer actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos, derivados de la organización del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo, tales como los físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, sicosociales, de saneamiento y de seguridad. b. Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por incapacidad temporal a que haya lugar frente a las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional. c. Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez que se deriven de las contingencias de accidente de trabajo o enfermedad profesional y muerte de origen profesional. d. Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales.
La salud ocupacional es eminentemente preventiva y busca, a través de actividades de promoción, educación, prevención y control de los factores de riesgo ambiental, evitar la ocurrencia de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales. Dichas acciones tienen carácter multidisciplinario puesto que en ellas interviene una variedad de disciplinas, todas con el objeto de evitar el menoscabo de la salud.
expedido por el Ministerio de la Protección Social, por el cual se determinan las bases para la organización y administración de salud ocupacional en el país. Resolución 02013 de junio 6 de 1986, del Ministerio de la Protección Social, por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités paritarios de salud ocupacional en los lugares de trabajo.
expedida por el Ministerio la Protección Social, por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. La Constitución de 1991 consagra algunos de los principios formulados en la ley 10. En su artículo 25 considera el derecho al trabajo como una obligación social y goza de protección del Estado; además, la norma constitucional informa que toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas, y en su artículo 49 establece que se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud, con principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Código Sustantivo del Trabajo: en sus artículos 348, 349 y 350 define el contenido del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, las obligaciones de los empleadores a ofrecer condiciones ambientales salubres para el trabajo y a los trabajadores a cumplir con las normas que hacen que el trabajo sea seguro
. Emitida por el Ministerio de la Protección Social, por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral, que tiene por objeto mejorar la calidad de vida, acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que afecten la salud, capacidad económica y en general las condiciones de vida de la población, en sus fases de educación, información y fomento de la salud, y en la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia.
expedido por el Ministerio de la Protección Social, por el cual se determinan la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
En 1967, siendo presidente el doctor Carlos Lleras Restrepo, se ampliaron los beneficios a los riesgos de invalidez, vejez y muerte.
En 1950 se hizo claridad en lo relacionado con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se adopta la primera tabla de enfermedades profesionales y se categoriza lo que se considera como incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total y gran invalidez. Se determinan las prestaciones a que tiene derecho el trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional y se establece la tabla de evaluación de incapacidades producidas por accidentes de trabajo.
Desde 1954 el Ministerio de Salud desarrolló un plan de salud ocupacional, para capacitar profesionales colombianos, tanto médicos como ingenieros, quienes conformaron una sección anexa de medicina, higiene y seguridad industrial. Este grupo desarrolló el primer diagnóstico de salud ocupacional del país por medio de encuestas y procedió a efectuar los primeros estudios epidemiológicos sobre enfermedades profesionales, dándole énfasis a la neumoconiosis, producida por el polvo del carbón, a la silicosis y a las intoxicaciones profesionales producidas por el plomo y el mercurio
En 1954, y como aporte de los patronos privados, se creó la entidad CONALPRA, que en 1958 cambió su nombre por el de Consejo Colombiano de Seguridad (CCS), con sede en Bogotá.
. En 1961, el Ministerio de Trabajo formó la División de Salud Ocupacional, que se encargó de la prevención y control de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
se establece la legislación laboral, en donde se habla de los riesgos del trabajo, y en julio primero de 1936 empezó a regir la ley
se creó la Oficina de Medicina Laboral. Esta dependencia comenzó a nivel nacional con sede en Bogotá y tenía como actividad principal el reconocimiento de los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales y su evaluación en materia de indemnizaciones. Esta oficina central organizó dependencias en las principales capitales hasta formar una red que fue denominada Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial y quedó incorporada al Ministerio del Trabajo
Años después, a corto tiempo de su asesinato, el Congreso aprobó la ley 57 de 1915, fruto póstumo de su ambición y de su esfuerzo, por la cual se obligó “a las empresas de alumbrado y acueducto público, ferrocarriles y tranvías, fábricas de licores y fósforos, empresas de construcción y albañilería, con no menos de quince obreros, minas, canteras, navegación por embarcaciones mayores, obras públicas nacionales y empresas industriales servidas por máquinas con fuerza mecánica, a otorgar asistencia médica y farmacéutica y a pagar indemnizaciones en caso de incapacidad o muerte” y en este último evento a sufragar los gastos indispensables de entierro.
El mismo Uribe pidió que se indemnizara a los trabajadores víctimas de accidentes de trabajo, aduciendo que si un soldado cae en un campo de batalla, o de por vida queda lisiado, ¿por qué sí se le indemniza a él y no a un trabajador que pierde su capacidad laboral en su batalla diaria por la vida?
El General Rafael Uribe Uribe fue el primero en plantear una política orientada hacia la seguridad de los trabajadores. En el teatro municipal de Bogotá decía: “Creemos en la obligación de dar asistencia a los ancianos, caídos en la miseria y que ya no tienen fuerzas para trabajar; creemos que es necesario dictar leyes sobre accidentes de trabajo y de protección del niño, de la joven y de la mujer en los talleres y en los trabajos del campo, creemos que es necesario obligar a los patronos a preocuparse de la higiene, del bienestar y de la instrucción gratuita de los desamparados… “ . Estos elementos conceptuales de Uribe Uribe tienen indudable vigencia en nuestros días, teniendo en cuenta las condiciones de la sociedad.
En Colombia, si bien es cierto que la salud ocupacional se demoró en establecerse, también es verdad que desde comienzos del siglo XX se presentaron propuestas para este fin.