door Iván Gómez Torres 12 maanden geleden
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Artículo I.- Finalidad Preventiva
Este Código tiene por objeto la prevención de delitos y faltas como medio protector de la persona humana y de la sociedad.
IV. Bibliografía.
III. Consecuencias del artículo I del Título Preliminar del Código Penal
2. Las leyes penales no pueden tener un carácter pura y exclusivamente simbólico.
1. Se desearía la retribución como único y exclusivo fin de la pena
II. Sentido del artículo I del Título Preliminar
3. La prevención orientada a la protección de la sociedad. la defensa social
2. La prevención orientada a la protección de la persona. El humanismo penal
1. La legislación penal tiene (y debe tender hacia) una función preventiva.
¿Cuáles son las bases de una prevención eficaz?
2. El sentido y límites de la prevención deben obtenerse de las "normas, principios y valores constitucionales vigentes en una sociedad y en un contexto social determinado.", p23.27
El legislador y juez debe tener en cuenta como punto central:
respeto a la dignidad de la persona humana
los valores y principios constitucionales
el desarrollo de su actividad
"Prevención sí, pero no a cualquier precio."
"La lucha contra el delito, indispensable en un Estado de Derecho, solo se legitima si se respetan las pautas valorativas, fijadas en:"
Tratados de Derechos Humanos
la Constitución
1. Se requiere sustento táctico-jurídico, p23.26 -En la tarea legislativa y judicial.
"que garanticen la necesidad e idoneidad de los medios respecto a los fines que se pretenden alcanzar"
Reposa en criterios científicos sólidos, fiables
reposa en "parámetros científicos, sobre una mínima base empírica que tome en cuenta los aportes de la Criminología, Sociología, Psicología y otras ramas afines que ayudan a determinar cuál es la influencia y los efectos que han de esperarse como consecuencia del establecimiento o imposición de una sanción jurídico-penal."
¿De dónde deriva el contenido y límites de la prevención?, p23.25
del ordenamiento jurídico dentro de la sociedad
de las demandas de atención
a la adecuada comprensión acerca de la tarea y función del Dp
a las necesidades sociales
Del respeto de los valores y principios constitucionales
De una visión integral y del conjunto del fenómeno estatal (teoría del Estado)
La dignidad como personas está antes y después de haber cometido el delito, p23.24.
"Prevención no es igual que eliminación o destrucción del delito", p22.23
¿A quién se dirige la prevención?, p22.21
a todos los ciudadanos
reincidentes y habituales
¿Qué busca la prevención? , p21.20.
perseguir el delito de manera integral
Si se tiene que perseguir y castigar un delito: ¿sobre qué base se debe hacer?
se debe eliminar lagunas de punibilidad siempre que exista merecimiento y necesidad de pena.
no se debe fomentar la impunidad
según se trate, una criminalidad de sujetos y grupos poderosos
las consecuencias sociales mas perjudiciales que se generen
p21.20, la gravedad del (p22.20) hecho
La ley penal debe respetar el principio de igualdad
El Dp no debe ser selectivo, pero materialmente lo es
persiguiendo y castigando a personas de estratos sociales y económicos mas bajos, que son más vulnerables al sistema penal.
sin discriminar condición social, raza, sexo o religión de la persona
Disminuir la cifra negra
¿Qué se debe hacer para evitar delitos?, p21.19.
"una prevención adecuada y racional es la que privilegia otros controles sociales o la política social antes que el Derecho penal."
la mejor política criminal presciden del derecho penal
Una adecuada estrategia preventiva que incida en políticas de índole social, económica o educativa.
porque si las causas son estructurales o económicas, la mejor forma de contrarrestar a este es
o colocando obstáculos con tal fin
incidiendo en dichas causas
No se debe crear mas delitos e incrementar penas
"Prevención no es sinónimo de eliminación, sino de evitación o reducción de males.", p21.17. Lo cual es tarea de:
Comunidad, p21.18.
Estado, p21.18.
NO sólo usando el DP
Su obligación es enfrentarlo
Su deber es luchar contra el delito
FUNCIÓN INSTRUMENTAL: perseguir la protección efectiva de bienes jurídicos, p20.16.
ACUERDO EN LA CIENCIA PENAL: Prevenir delitos en la sociedad, p20.16.
NOTAS PREVIAS:
El art. I del TP del CP
Desde una intepretación teleológico-sistemática si bien se precisa "Este código..."; sin embargo debe comprender a todas las disposiciones penales, se encuentren o no codificadas.", p20.12.
Se construye el DP sobre las ideas de prevención y protección (del individuo y la sociedad) dentro del Estado de Derecho, p20.11.
Una consecuencia es que lo contrario está prohibido, es ilegítimo e inconstitucional, p20.13 y 14.
NOTA IGT: ¿porqué no otro tipo de Estado?
Delimita los puntos orientadores y criterios normativo-valorativos sobre los que se construye el sistema penal, p20.11.
Precisa el sentido y finalidad de la codificación penal peruana, p19.11.
I. Generalidades
NOTA IGT:
No podemos dejar de lado que el TP se dirige al legislador y juez, fiscal, y abogados
El Título Preliminar ordena, concentra y expresa principios políticos y jurídicos (no sólo penales), p17 marg 2.
Es importante y trascendente, p19.10:
La interpretación teleológica vinculada a principios y valores del Derecho penal.
La interpretación sistemática entre normas del mismo sistema penal.
"presiden todas las pautas de valoración, configuración y desarrollo del Derecho penal, recorriendo todos sus niveles.", p19.9.
"constituyen normas programáticas y de desarrollo a nivel legislativo, judicial y de ejecución penal, que atraviesan cada una de las instituciones, categorías y normas del Derecho penal sustantivo y procesal.", p18.6.
Tiene conexión directa con (p18.5):
y pilares de un Estado de Derecho
valores y principios constitucionales
son principios que tienen procedencia constitucional y axiomas políticos (principio de legalidad) que buscan: p18.4.
o determinar las bases sobre las que se construye el sistema de las consecuencias jurídicas del delito
principio de proporcionalidad o principio de prohibición de exceso
consagrar los lineamientos básicos de imputación que deben tomarse en cuenta en todos los niveles del sistema penal
- principio de responsabilidad por el hecho propio
garantizar la libertad de los ciudadanos
fija las bases del programa penal, p18.5.
Son principios que tienen procedencia constitucional, p18.4.
Debe orientar la actividad legislativa y judicial, p 18.4.
No busca blindar al legislador porque:
la ley no busca condiciones ideales de actuación, sino solucionar y prevenir los conflictos sociales más graves: los delitos, p18, marg 3.
obedece a necesidades concretas de regulación, p18, marg 3.
Sólo se regula lo indispensable para un Estado de Derecho, p18, marg 3.
No se encuentran todos, p17, marg 3.
José Luis Castillo Alva Abogado de Derecho penal (Perú)