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door Estefanía Rico 4 jaren geleden

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PRINCIPIOS QUE RIGEN LOS NEGOCIOS JURÍDICOS O LOS CONTRATOS

Los contratos se pueden celebrar directamente entre los interesados o a través de un representante que actúa en nombre del representado. Los efectos del contrato se atribuyen al poderdante como si hubiera consentido personalmente.

PRINCIPIOS QUE RIGEN LOS NEGOCIOS JURÍDICOS O LOS CONTRATOS

PRINCIPIOS QUE RIGEN LOS NEGOCIOS JURÍDICOS O LOS CONTRATOS

Según el cual un contrato se puede celebrar directamente por los sujetos interesados también se puede acudir a la figura de la representación

Una institución por la que un representante actúa en nombre y por cuenta de su representado
Los efectos del negocio juridico celebrado se radican en cabeza del poderdante, como si el mismo hubiere manifestado su consentimiento personalmente

Dicta que aquellas clausulas y estipulaciones solo son vinculantes para las partes que participaron en la creación del contrato y no para otras personas

Se oponen los contratos laborales colectivos, donde por la mera integración contractual a la empresa, sin haber participado, se ven beneficiados

Menciona que las estipulaciones o pactos derivados de la autonomía privada de la voluntad, por constituir una norma jurídica ¡, son de obligatorio cumplimiento para las partes contratantes

Consiste en que las partes contratantes deben actuar con cuidado y diligencia , tanto en la etapa precontractual como en la celebración y ejecucion del mismo

codigo civil
Se deben tener en cuenta las clases de culpa consagradas en el articulo 63

culpa levisima

Culpa leve o descuido ligero

Culpa grave

Los sujetos deben actuar conforme a derecho, y esa buena fe es el comportamiento de los sujetos en una relacion contractual, sin intencion de causarse daño

Ese comportamiento tiene que ser: honesto, leal y se debe tener en cuenta ese comportamiento en las etapas -precontractual, contractual y poscontractual-
codigo de comercio art 830
constitucion politica, art 83

Los sujetos de derecho, Tienen la facultad de crear sus propias normas juridicas. este principio esta consagrado en el art 333 de la c,p

Las restricciones a la autonomía privada son de carácter general, impuesto por el Estado, constituidas sobre el orden publico y buenas costumbres
Las buenas costumbres

como restricción de la autonomía privada, se presentan como la estimación moral de la sociedad frente al comportamiento de los sujetos en cuanto la sociedad lo admita

ORDEN PUBLICO ECONÓMICO

Responde a la necesidad en la que se encuentra el Estado de intervenir a través del poder legislativo, legislativo y judicial, limitando la libertad de contatación para garantizar la libertad individual

ORDEN POLITICO

Prohibición y sanción de los negocios juridicos contrarios a la seguridad del estado, aquellas clausulas o pactos violatorios de la seguiridad estatal

ORDEN PUBLICO

Hablar de orden publico implica resaltar la primacia del interese social, sobre el particular y por ello se restringe o se limita la autonomia privada

Se realiza mediante una actividad efectiva, un hacer social, que consiste en una disposición negocial o contractual.consistente en instruir una regla de conducta para disciplinar las propias relaciones jurídicas
Posee varios articulos refiriendonse a la autonomía privada como:

Código comercio

Art 4

Código civil

ART 1602 ART 1603