El artículo 13 de la ley 153 de 1887 no es contrario a la Constitución. Por el contrario: la interpreta fielmente. En consecuencia, será declarado exequible, entendiéndose que la expresión "moral cristiana" significa "moral general" o "moral social".
Resuelve
Se encargan de establecer en la sociedad un orden de conducta. Por una parte, las reglas del derecho son tomadas referentes a la moral; por otra parte, la moral ejerce una repercusión sobre las costumbres de un país.
Se relacionan en
Se refiere a
MORAL
Gobierna el ámbito interno de cada individuo, representándose en los actos en relación con la sociedad, mencionando que la moral social, es la que prevalece en cada pueblo en su propia circunstancia.
DERECHO
Gobierna el ámbito externo de cada individuo, teniendo como propósito común junto con la moral, regular la conducta humana.
COSTUMBRE
Es de fácil percepción que su coacción obligatoria se origina directamente del pueblo, sin mencionar que, este es quien encarga su poder. Debe generar en la comunidad la convicción de obligatoriedad para que sea jurídica.
Clases
Contra legem
Es la costumbre contraria a la ley o establece una solución adversa a la contenida en el ordenamiento jurídico.
Praeter legem
Es la costumbre que regula hechos sobre los cuales no existe una ley establecida específicamente.
Secundum legem
Es la costumbre que no tiene normas propias distintas de la ley que ejecutan y va conforme con el ordenamiento jurídico.
SENTENCIA C-224 DE 1994 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
Demanda
Ley 153 de 1887 - Articulo 13- La costumbre, siendo general y conforme con la moral crsitiana , constituye derecho, a falta de legislacion positiva.
Concepto procurador de la Nación
Solicita la declaratoria de inexequibilidad de la expresión "cristiana". Afirma que no puede tenerse a la costumbre como fuente de derecho, sólo cuando ella esté conforme a la moral "cristiana", porque ello contraría el espíritu secularizante y pluralista de la Constitución.