by María Daconte 2 years ago
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Contra legem
Es la costumbre contraria a la ley o establece una solución adversa a la contenida en el ordenamiento jurídico.
Praeter legem
Es la costumbre que regula hechos sobre los cuales no existe una ley establecida específicamente.
Secundum legem
Es la costumbre que no tiene normas propias distintas de la ley que ejecutan y va conforme con el ordenamiento jurídico.