door Mario joao torres 2 jaren geleden
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2.6.2.1 ACUERDOS COMERCIALES MULTILATERALES LOS ACUERDOS MULTILATERALES SON AQUELLOS QUE AFECTAN A TODOS LOS MIEMBROS DE LA OMC, MIENTRAS QUE LOS PLURILATERALES AFECTAN SÓLO A LOS PAÍSES FIRMANTES.
2.6.2.2 ACUERDOS COMERCIALES PLURILATERALES DENOMINACIÓN ASIGNADA EN LA PRÁCTICA INTERNACIONAL RECIENTE A LOS ACUERDOS MULTILATERALES RESTRINGIDOS CONCLUIDOS EN MATERIA ECONÓMICA Y COMERCIAL ENTRE ESTADOS E INCLUSO ORGANIZACIONES INTERNACIONALES. A NIVEL PLURILATERAL, LAS DOS INICIATIVAS ACTUALMENTE EN NEGOCIACIÓN QUE AFECTAN AL COMERCIO INTERNACIONAL DE SERVICIOS VERSAN SOBRE REGLAMENTACIÓN NACIONAL Y COMERCIO ELECTRÓNICO.