Casillas Ramirez Diego Alonso
Auditoría Fiscal L-M 9-11am
Antecedentes del dictamen fiscal en México
Miercoles 09 de septiembre
Antecedentes del Dictamen Fiscal en México
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2014
1 de enero. El dictamen deja de ser obligatorio y
pasa a ser optativo solo para algunos
contribuyentes quienes tomaran la decisión si
ejercen o no la opción.
Articulo 32-A CFF:
- Las personas físicas con actividad empresarial
y personas morales que en el ejercicio inmediato
anterior hayan tenido ingresos acumulables
superiores a $100´000,000 pesos.
- El valor de sus activos sea mayor a $79´000,000.
- Por lo menos 300 de sus trabajadores hayan
prestado servicios en todos los meses del ejercicio
anterior inmediato.
Podrán optar por dictaminar
2013
Presentaran dictamen fiscal en 2013 las personas físicas con actividad empresarial y personas morales que:
- Hubiera obtenido en el ejercicio 2012 ingresos acumulables superiores a $39´140,520 pesos.
- El valor del activo del ejercicio 2012 haya superado los $78´281,070 pesos.
- Que por lo menos 300 de sus trabajadores hayan prestado servicios en todos los meses del ejercicio anterior inmediato.
- Contribuyentes que estén autorizados para recibir donativos.
- Sociedades que se fusionen.
- Sociedades que se escindan.
- Entidades gubernamentales de la administración pública federal, estatal o municipal.
- Personas físicas o morales que opten por dictaminarse.
2012
30 de marzo. Por decreto se da la simplificación
administrativa, donde las empresas que tengan
ingresos acumulados menores a $40´000,000
en el ejercicio anterior sin que en sustitución de
dicho dictamen deban presentar información
alguna.
Los contribuyentes que se encuentren en el
supuesto anterior podrán presentar dictamen fiscal
cuando así lo estimen
2010
17 de Diciembre. Por decreto se modificó:
- Articulo Tercero: Los contribuyentes según el articulo 32-A del CFF y el 16 del seguro social se encuentre obligado a dictaminar podrá optar por no presentar dictámenes siempre y cuando presente la información en los plazos y medios, que establezcan las autoridades fiscales.
- Articulo 29. Ley infonavit. Son obligaciones de los patrones: Presentar al instituto con firma autógrafa copia del informe del contribuyente con los anexos referentes a contribuciones patronales, cuando en términos de código estén obligados a dictaminar por contador publico autorizado.
2004
Enero. El IMPC incluye en los requisitos para
poder dictaminar para efectos fiscales, estar
certificado por un organismo reconocido por
la autoridad competente.
1995-1998
Se establece que el dictamen debe ser
realizado con calidad profesional.
1993
22 de Diciembre. Se modifica la fracción I del articulo 52 CFF:
-También se puede dictaminar las personas de nacionalidad extranjera conforme a tratados internacionales con México.
1992
Se adiciona al Articulo 32-A:
- Los que se fusionen o escindan hasta por tres
ejercicios posteriores.
- Los organismos descentralizados, las empresas
de participación estatal y fideicomisos.
Articulo 55 RCFF:
- Establece que las autoridades fiscales podrán
requerir del contador, el contribuyente o de
terceros la información y/o documentación para
verificar el dictamen fiscal y eliminar asi el proceso
de revisión secuencial.
1991
1 de Enero. En el Articulo 32-A del CFF indica la
obligatoriedad de dictaminar fiscalmente:
- Cuando los ingresos sean superiores a 5 millones.
- Según LIA superior a 10 millones.
- Que este autorizado para recibir donativos deducibles.
1984
29 de Febrero. Se emite el reglamento del
Código Fiscal de la Federación, donde en su
capitulo III se establece todo lo relacionado
con dictamenes.
1983
1 de enero. Se reforma el Código Fiscal de la Federación.
En el articulo 52 establece la trascendencia legal del dictamen, requisitos generales y las sanciones para el contador que no cumpla con ellas.
1980
9 de Abril. Se publica el reglamento del articulo 85 CFF.
1967
1 de Abril. Entra en vigor un nuevo código fiscal
donde en su articulo 85 contenía:
-Requisitos Fundamentales del dictamen fiscal
-Sanciones para el contador que incumpliera con
los requisitos.
1959
30 de Abril. Por decreto Presidencial se crea la
Dirección General de Auditoria Fiscal General.
Estableciendo lo relacionado con el dictamen
fiscal, el registro de contadores públicos y el
estar colegiado para poder dictaminar
Ante el conflicto ferrocarrilero y la ruptura con Guatemala
El gobierno de Adolfo Lopez Mateos inicia el periodo económico conocido como "Desarrollo estabilizador