av lizbeth ruiz 3 år siden
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La Reincidencia: Se refiere a la comisión de hechos punibles o delitos en repetidas oportunidades, es decir, es cuando la persona que ya infringió la ley y fue sentenciada por ello vuelve a cometer cualquier tipo de delito.
Impulsos: Obligación de una persona a realizar un acto fatal que considera y sabe que es inmoral, malo, anti jurídico, pero que sin embargo lo realizan.
Alucinaciones: Creencia de sensaciones inexistentes imaginando oir voces o viendo fantasmas, entre otras.
La Perturbación Mental por Embriaguez:
a)La buena conducta predelictual del reo, es decir, la buena conducta anterior a la perpetración del delito. b) La condición femenina debido a ciertas alteraciones (menopausia, menstruación, gestación y post parto) que pueden producir en ella la realización de un delito determinado. c) La pobreza, cuando no llegue a la miseria. d) Consentimiento de la víctima.
La enfermedad mental Insuficiente. Por ello, cuando una persona semi-enferma mental, semi-enajenada, realiza un delito, se le aplica la sanción penal reducida, en comparación a la que se le aplicaría a una persona normal por la comisión del mismo delito.