ELABORADO POR ROBERTO RAMIREZ
CLASIFICACIÓN DE LAS VIAS
POR SU TRÁFICO PROMEDIO ANUAL
Carretera
CLASE V
ésta carretera debe tener un Tráfico Promedio Diario Anual (TPDA) menor a
100 vehículos.
Carretera
CLASE IV
ésta carretera debe tener un Tráfico Promedio Diario Anual (TPDA) de
100-300) vehículos.
Carretera
CLASE III
ésta carretera debe tener un Tráfico Promedio Diario Anual (TPDA) de
300-1.000 vehículos
Carretera
CLASE II
ésta carretera debe tener un Tráfico Promedio Diario Anual (TPDA) de
1.000-3.000 vehículos
Carretera
CLASE I
ésta carretera debe tener un Tráfico Promedio Diario Anual (TPDA) de
3.000-8.000 vehículos.
Carretera
RI, RII
ésta carretera debe tener un Tráfico Promedio Diario Anual (TPDA) desde
8.000 vehículos.
POR SU JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
RED VIA CANTONAL URBANA
Se entiende por red vial cantonal urbana cuya competencia está a
cargo de los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales o metropolitanos, al conjunto de
vías que conforman la zona urbana del cantón, la cabecera parroquial rural y aquellas vías que, de
conformidad con cada planificación municipal, estén ubicadas en zonas de expansión urbana.
RED VIA PROVINCIAL
Se define como red vial provincial al conjunto de vías que, dentro de la
circunscripción territorial de la provincia, cumplen con alguna de las siguientes características:
Para ser consideradas dentro de la red vial provincial, las vías descritas anteriormente no deben
incluir zonas urbanas ni tampoco formar parte del inventario de la red vial estatal y regional
Comunican cabeceras cantonales, parroquiales rurales, asentamientos humanos con la red vial
estatal.
Comunican asentamientos humanos entre sí.
Comunican las cabeceras parroquiales rurales con los diferentes asentamientos humanos, sean
estos, comunidades o recintos vecinales.
Comunican las cabeceras parroquiales rurales entre sí.
Comunican las cabeceras cantonales entre sí
RED VIA REGIONAL
Se define como red vial regional, cuya competencia está a cargo de los
Gobiernos Autónomos Descentralizados Regionales, al conjunto de vías que unen al menos dos
capitales de provincia dentro de una región y que sean descentralizadas de la red vial estatal
RED VIA ESTATAL
Se considera como red vial estatal al conjunto de vías que forman parte de las
troncales nacionales, que a su vez están integradas por todas las vías declaradas por el ministerio
rector como vías primarias o corredores arteriales y vías secundarias o vías colectoras
vías secundarias o vías colectoras
Se consideran vías colectoras a aquellas vías que tienen como función colectar el tráfico de las
zonas locales para conectarlos con los corredores arteriales, bajo el principio de predominio de la
accesibilidad sobre la movilidad.
vías primarias o corredores arteriales
Se definen como corredores arteriales a aquellas vías de integración nacional, que entrelazan
capitales de provincias, puertos marítimos, aeropuertos, pasos de frontera y centros de carácter
estratégico para el desarrollo económico y social del país
RED VIA NACIONAL
Se entiende por red vial nacional al conjunto total de las carreteras y caminos
existentes en el territorio ecuatoriano
POR SU USO
VIAS EXCLUSIVAS
Las vías destinadas a la circulación única y exclusiva del transporte público
SENDEROS
Los destinados principalmente a la movilidad peatonal y animal y adicionalmente de
vehículos impulsados por tracción humana, animal o mecánica.
CICLOVIA
Son carriles o sendas destinados a la circulación única y exclusiva de bicicletas
FERROVIA
Se denomina a la infraestructura de transporte guiada por rieles.
Vías utilizadas principalmente por automotores y adicionalmente por vehículos de
tracción humana, animal o mecánica
POR SU DOMINIO
CAMINOS PRIVADOS
Son de uso exclusivo por los propietarios o personas con autorización. Ellos mismos establecen las normas. Tendrán este carácter aquellas que tengan conexión con terrenos privados y tengan titularidad privada. Por ejemplo, los caminos que conectan 2 casas dentro de un mismo terreno privado.
CAMINOS PUBLICOS
Pueden circular tanto conductores como peatones, no hay restricciones. Son titularidad pública. Comprenden la mayoría de las vías, su regulación y uso depende del titular de la vía. Por ejemplo, las autovías y travesías.
POR SU FUNCIONALIDAD
VIAS DE SERVIDUMBRE
Servidumbre de tránsito es una parte del suelo, de propiedad privada, que tiene un uso limitado por una reglamentación de carácter local o nacional. Se trata, por lo general, de franjas de terreno por donde pasan infraestructuras de propiedad del Estado o de compañías concesionarias.
VIAS LOCALES
Son aquellas cuya función principal es proveer acceso a los predios o lotes, debiendo llevar únicamente su tránsito propio, generado tanto de ingreso como de salida.
VIAS NACIONALES
Son aquellas a cargo de la Nación. Comprende el conjunto de caminos de propiedad pública sujetos a la normatividad y marco institucional vigente.
Vías secundarias
Las vías secundarias, o vías colectoras incluyen rutas que tienen como función recolectar el tráfico de una zona rural o urbana para conducirlo a las vías primarias (corredores arteriales).
Vías Primarias
Las vías primarias, o corredores arteriales, comprenden rutas que conectan cruces de frontera, puertos, y capitales de provincia formando una malla estratégica. Su tráfico proviene de las vías secundarias (vías colectoras), debe poseer una alta movilidad, accesibilidad controlada, y estándares geométricos adecuados.
POR SU DISEÑO
URBANAS
Es un tipo de vía que se sitúa dentro del casco urbano (ciudad).
CAMINOS VECINALES
Los que van de una población a otra, a los que unen una población con cualquier punto de otra vía, a los que se dirigen a centros de colonización, de creación de riquezas, o con propósitos turísticos.
CARRETERAS
Es una vía que está fuera de poblado y su característica principal es que está pavimentada.
VIAS RAPIDAS
Aquella carretera consistente en una calzada única de doble sentido con limitación de acceso y con características que permiten que los vehículos alcancen grandes velocidades en esta.
AUTOVIAS
Es una carretera con varias calzadas para el mismo sentido. No se puede acceder desde propiedades colindantes, no cruza ni es cruzada por ninguna vía, senda, etc.
AUTOPISTA
Es una carretera de uso exclusivo para determinados usuarios (automóviles), que consta de varias calzadas para el mismo sentido de circulación. No se puede acceder a la misma de propiedades colindantes, no cruza ni es cruzada por ninguna vía, senda, etc. Algunas tienen peaje, se requiere de una tasa para acceder y otras son gratuitas.