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av diana paola paredes obregon 4 år siden

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH)

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es un órgano autónomo de la Convención Americana y de la Organización de los Estados Americanos (OEA), dedicado a la promoción y protección de los derechos humanos.

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH)

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH)

Órgano Autónomo de la Convención Americana y de la OEA, es responsable de la promoción y protección de los Derechos Humanos.

Para acudir a la CIDH, deben haber agotado los recursos internos.

La petición se debe presentar contra un Estado que haya firmado y ratificado la Convención Americana.

Funciones:

No tiene carácter judicial
No presta mérito ejecutivo
No hace tránsito a cosa juzgada
Los fallos que emiten son simplemente recomendaciones
Promover y Proteger los Derechos Humanos.

Las peticiones individuales son conocidas por:

Corte Interamericana de Derechos Humanos (juzga)
INICIA LA DEMANDA ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.

Examen preliminar de la demanda

Notificación de la demanda

Terminación Anticipada

- Terminación Anticipada del proceso . - Desistimiento del caso. - Solución amistosa.

Sentencia de Homologación.

Supervisión de Cumplimiento de Sentencia.

Archivo del caso.

Procedimiento Escrito:

Víctima o representantes: Escrito de solicitudes y pruebas (2 meses). Estado Demandado: Contestación de la demanda (debe incluir excepciones preliminares si la hay) (4 meses de plazo).

Procedimiento Oral

Sentencia

Interpretación de Sentencia

Víctima o representante

Estado Demandado.

Responden hasta el monto de sus aportes
Comprometen su responsabilidad de manera solidaria e ilimitada.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Investiga)
Inadmisibilidad

Sea una copia o reproducción de una petición ya examinada por la Comisión o por otro organismo internacional.

La Petición no tenga fundamento jurídico ni fáctico.

Los hechos expuestos no constituyan una violación a los D. H.

Admisibilidad

Requisitos

E. Datos claros y completos del peticionario, para su notificación.

D. No debe estar en otro proceso internacional ni que se haya sometido a conocimiento internacional.

C. Solicitud dentro de los 6 meses, de la última actuación.

B. Solo derechos consagrados en la CADH

A. El peticionario haya agotado todos los recursos internos

Etapas:

Trámite de las peticiones ante la Comisión.

Se busca que las partes lleguen a una solución amistosa y de ser posible, será homologado por CIDH. La Comisión evaluará si peticionario se desiste.

No solución amistosa

Informe Preliminar (Art. 50)

Notificación al Estado

Informe Definitivo (Art. 51)

Informe sobre el fondo en que la CIDH establece violaciones y fórmula recomendaciones.

El Estado no toma medidas para cumplir recomendaciones.

Confidencial: Hechos, alegaciones, conclusiones, recomendaciones.

Solución amistosa.

La comisión realizará: visitas in loco, audiencias, etc. Y en algunas excepciones las medidas cautelares.

La comisión acepta: Doc. Públicos y privados, testimonios, presunciones y otros medios probatorios.