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av giovanni zabaleta 7 år siden

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COSA Y BIEN

En el ámbito jurídico y económico, las cosas y bienes se dividen principalmente en comerciables e incomerciables. Los bienes comerciables pueden ser objeto de transacciones y negocios jurídicos, mientras que los incomerciables, como los bienes de uso público, no pueden serlo.

COSA Y BIEN

COSA Y BIEN

COSAS COMERCIABLES E INCONMERCIABLE

LOS INCOMERCIABLES EL CASO CONTRARIO AL ANTERIOR, NO PUEDEN HACER PARTE DE NEGOCIOS JURIDICOS COMO LOS BIENES DE USO PUBLICO
LOS COMERCIABLES PUEDEN OBJETO DE TRANSACCIONES O NEGOCIOS JURIDICOS

COSAS SINGULARES Y UNIVERSALES

UNIVERSAL: INTEGRADA POR UN CONJUNTO O AGRUPACIONDE COSAS SINGULARES
SINGULAR: REDUCIDA A LA UNIDAD
DIVIDIDO EN

COMPLEJA: REDUCIDA A LA UNIDAD Y COMPUESTA DE SIMPLES(EJ: UN CARRO ES COSA SINGULAR COMPLEJA, MIENTRAS QUE EL MOTOR DE ESE CARRO ES UNA COSA SINGULAR SIMPLE

SIMPLE: TIENE COMPACTACION FISICA, NO PERMITE AISLARLOS O SEPARARLOS NATURAL O ARTIFICIALMENTE

COSAS PRESENTES Y FUTURAS

FUTURO: NO EXISTE EN LA CONSTITUCION DE LA RELACION JURIDICA, PERO SE ESPERA SU EXISTENCIA RACIONALMENTE EN EL FUTURO
PRESENTE: TIENE EXISTENCIA REAL AL MOMENTO DE LA CELEBRACION DEL NEGOCIO

COSAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS

POSTULADOS
EN CUANTO AL VOLUMEN, DEFINE LA CALIDAD DE LA COSA, LA DE MAYOR VOLUMEN SERA PRINCIPAL
VALOR ECONOMICO, LA QUE MAYOR VALOR TENGA ES PRINCIPAL
SI TIENE FINALIDAD DE BENEFICIO DE UN HEREDAD ES ACCESORIA
ACCESORIA: NECESITA DE UNA PRINCIPAL PARA PODER SUBSISTIR
PRINCIPAL: PUEDEN SUBSISTIR DE SI MISMA

COSAS DIVISIBLES E INDIVISIBLES

LAS COSAS CORPORALES PUEDEN TENER DIVISION FISICA O INTELECTUAL, EXISTEN OTRAS QUE NO PUEDEN TENER DIVISION ALGUNA, POR EJEMPLO QUE LA LA INDIVISIBILIDAD DE LOS PREDIOS RURALES

COSAS DE ESPECIE O CUERPO CIERTO Y GENERO

LAS DE GENERO TIENEN CARACTERISTICAS COMUNES, NO SE DISTINGUE DE LOS DEMAS
LAS COSAS DE ESPECIE SE HACE DIFERENCIABLES DE LAS DEMAS DE SU ESPECIE

COSAS CONSUMIBLES E INCONSUMIBLES

LOS INCONSUMIBLES SON EL CASO CONTRARIO, NO DESAPARECEN EN EL PRIMER USO
LOS CONSUMIBLES DESAPARECEN EN EL PRIMER USO

COSAS FUNGIBLES E INFUNGIBLES

LEGAL: LA ESTABLECE EL LEGISLADOR
SUBJETIVA: POR JUICIO DE VALOR, DESEMPEÑAN EL MISMO PAPEL
OBJETIVA: LA NATURALEZA LA HACE COMPARABLES ENTRE SI
LOS INFUNGIBLES TIENEN CARACTERISTICAS ESPECIALES QUE LA HACEN DIFERENCIABLES DE LAS DEMAS Y NO SE PUEDEN SUSTITUIR
SON FUNGIBLES LAS QUE SUELEN DETERMINARSE POR NUMERO, MEDIDA O PESO Y SON SUSTITUIBLES

IMPORTANCIA DE LA CLASIFICACION DE LAS COSAS UEBLES E INMUEBLES

HAY DERECGOS REALES, COMO LA HIPOTECA QUE RECAEN SOBRE BIENES INMUEBLES, LA PRENDA RECAE SOBRE BIENES MUEBLES
LA PRESCRIPCION DE LOS BIENES INMUEBLES ES DE 5 AÑOS MIENTRAS QUE LA DE LOS MUEBLES SON 3 AÑOS
LA TRAIDICION DE UN INMUEBLE SE REALIZA MEDIANTE ESCRITURA PUBLICA, MIENTRAS QUE LA DE UN MUEBLE SE REALIZA MEDIANTE ENTREGA NATURAL O MATERIAL

LOS RECURSOS NATURALES

SE DIVIDEN EN
NO RENOVABLES: SE VAN AGOTANDO YA QUE NO TIENEN UNA RENOVACION
RENOVABLES: SON AQUELLOS QUE NO SE VAN AGOTANDO A MEDIDA QU SE REALIZA SU EXTRACCION, SE VAN REPONIENDO RECIPROCAMENTE
SON LOS ELEMENTOS PRODUCIDOS POR LA NATURALEZA, LOS CUALES PUEDEN SER UTILIZADOS POR EL HOMBRE PARA SU BENEFICIO

BIENES OCULTOS

SON BIENES LOS CUALES EL ESTADO TIENE PROPIEDAD SOBRE ESTE PERO QUE APARECEN ABANDONADOS FISICAMENTE

BIENES VACANTES Y MOSTRENCOS

LOS BIENES MOSTRENCOS SON AQUELLOS QUE HAN TENIDO DUEÑO EN PARTICULAR PERO POR ALGUNA SITUACION HAN SIDO ABANDONADOS POR ESTE
LOS BIENES VACANTES SON AQUELLOS QUE APARECEN SIN UN DUEÑO APARENTE

BIENES DE USO PUBLICO

CLASIFICACION
BIENES DE USO PUBLICO BALDIOS
BIENES DE USO PUBLICO FISCALES
BIENES DE USO PUBLICO AEREO
BIENES DE USO PUBLICO FLUVIAL Y CUSTRE
BIENES DE USO PUBLICO EJIDOS
BIENES DE USO PUBLICOTERRESTRE
BIENES DE USO PUBLICO MARITIMO
CARACTERISTICAS DE LOS BIENES DE USO PUBLICO
SON INEMBARGABLES
SON INALIENABLES
SON IMPRESCRIPTIBLES
SU USO CORRESPONDE A TODOS LOS HABITANTES
SON AQUELLOS QUE ESTAN EN CABEZA DE LA NACION O DE OTROS ENTES ESTATALES

BIENES MUEBLES

SE CLASIFICAN EN
MUEBLES POR ANTICIPACION: SIENDO INMUEBLES, SE TRANSFORMAN EN MUEBLES CON EL FIN DE CONSTITUIR UN DERECHO EN FAVOR DE TERCEROS
MUEBLES POR NATURALEZA: SE MUEVEN POR SI MISMO O POR FUEZA EXTERNA
PUEDEN TRANSPORTARSE DE UN LUGAR A OTRO