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Culpabilidad: teorías, elementos y perspectivas Presentado por: Paula Plata, Luis Pino y Yury Llanos

La culpabilidad es un tema complejo que se analiza desde diversas teorías y perspectivas. Entre los factores que influyen en la culpabilidad se encuentran diversas enfermedades mentales, tanto endógenas como exógenas.

Culpabilidad: teorías, elementos y perspectivas             Presentado por: Paula Plata, Luis Pino y Yury Llanos

Culpabilidad: teorías, elementos y perspectivas Presentado por: Paula Plata, Luis Pino y Yury Llanos

Criterios adoptados por el código penal

Para otros seguiría la teoría mixta ya que habla de ”incapacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión", pues sería un efecto de la enfermedad (Cury).
Para algunos adoptaría la teoría psiquiátrica, pues habla de ”Inmadurez psicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural y estados similares ".

Formas y teorías que se refieren a la imputabilidad

Fórmulas mixtas
describen los estados que dan origen a la inimputabilidad, pero también exigen del juez una investigación sobre la existencia efectiva de la incapacidad para comprender y autodeterminarse.
Criterio jurídico
en última instancia es el juez quien debe valorar quienes son inimputables independientemente de las causales y de los efectos que existan.
Fórmula sociológica
se determina así por ej. que son inimputables quienes no logran adecuar su comportamiento al patrón social cultural predominante y que procede de un ambiente distinto.

Ejemplo: los indígenas o las personas que pertenecen a otras etnias, dentro de las cuales se estipulan una variedad de tradiciones que desvinculan los protocolos sociales.

debe estudiarse la personalidad del sujeto, de acuerdo al medio social y cultural en que nació y en que desarrolla su vida.
Fórmulas psicológicas
El individuo no comprendería el significado de su comportamiento y por esto no es capaz de autorealizarse.
Describen la situación psíquica que fundamenta la inimputabilidad del sujeto

la incapacidad para comprender la significación antijurídica del acto o dejarse determinar por ella.

no alude a la enfermedad sino que señala las consecuencias que produce la enfermedad mental.
Fórmulas o sistemas psiquiátricos
atribuyen a ciertos estados patológicos, de alteración o inmadurez, taxativamente enumeradas en la ley, la consecuencia de excluir la imputabilidad
Ofrece ventajas prácticas por que precisan de manera exacta los casos en que la inimputabilidad ha de ser declarada, pero limitan exageradamente las facultades de apreciación de la magistratura.
Ejemplo: códigos clásicos y código penal colombiano

fundamento de la imputabilidad

Para la escuela positiva
fundamenta la responsabilidad en la peligrosidad (niegan la libertad moral) y se refieren al individuo peligroso o no peligroso, ya que para ellos prima el determinismo.
Para la escuela clásica
el fundamento radica en la libertad moral (Carrara), así quienes carecen de inteligencia y libertad no pueden ser culpables y no deben ser sometidos a la sanción penal.

la imputabilidad

Las personas que pueden realizarlo se llaman imputables, las que no, Inimputables.
En Derecho Penal Imputabilidad es la posibilidad de realizar actos culpables (Etcheberry).
Imputabilidad en términos amplios es la posibilidad de atribuir a alguien. (atribución psicológica).

Esencia de culpabilidad:l

Reconoce formas de culpabilidad como es el dolo y culpa.
Para los finalistas, entre ellos Welzel, la culpabilidad presupone una doble relación:
2. Dicen que el autor pueda haber actuado conforme a la norma.
1. Que debe tratarse de una acción contraria a derecho.
Dentro de esta posición, es posible que la culpabilidad radica esencialmente en la voluntad (dolo o culpa), revestida de determinadas formas o requisitos

Teorías sobre la culpabilidad

Teoría normativa:
La culpabilidad viene a ser, la reprochabilidad de una conducta típica y antijurídica, dada sobre 3 factores: Imputabilidad (capacidad penal), vínculo Psicológico (dolo o culpa), motivación normal (exigibilidad).

Para esta teoría, no basta con afirmar la vinculación psicológica entre el sujeto y su acción (dolo o culpa), sino que es preciso indagar los motivos que llevaron al sujeto a realizar tal acción, analizando comprensivamente todas las circunstancias del caso.

Teoría Psicológica:
Es la teoría tradicional, estuvo en zaga en el siglo XIX y principios del XX.

Para ellos la culpabilidad radica en una relación psicológica entre el individuo y el acto.

Nos dice que existe culpabilidad cuando el autor de un hecho antijurídico lo realizó con dolo (dolosamente) o con culpa (culposamente).

El adjetivo culposo (culpabilidad) designa en general la circunstancia de que una acción se haya realizado con dolo o con culpa.

Consecuencias que se infieren de la culpabilidad

Se rechazarían los delitos calificados por resultados
Existiría una especie de rechazo a las presunciones de culpabilidad
Sería una de las bases de la pena.

concepto

El estudio de la culpabilidad se orienta en los tiempos modernos hacia la solución de 2 cuestiones fundamentales:
1. Hasta qué punto puede decirse que un hecho pertenece subjetivamente a una persona.

2. Hasta qué punto el derecho puede reprochar a esa persona la realización de ese hecho.

Se refiere a la conducta exteriorizada del autor o agente y la persona cuando ejecuta esta acción tiene que ser libre y soberana en su determinación.

menores de edad

Se refiere a esto a los menores de dieciocho (18) años, quienes estarán sometidos al Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes.

privatización temporal de razón

Las principales causas que determinan la privación temporal de razón son:
embriaguez y otras intoxicaciones

Se trata de trastornos temporales, debidos a la ingestión aislada u ocasional de algunas sustancia.

Embriaguez, la responsabilidad penal del ebrio se encuentra determinada por dos factores:

la intensidad de la privatización de razón

se distingue entre el estado de excitación o euforia, el de embriaguez incompleta, el de embriaguez plena y el de embriaguez comatosa. se admite que los 2 últimos estados producen privación total de razón.

voluntariedad de la causa

tipos de ebriedades

ebriedad culpable, el individuo no obstante conocer el efecto del alcohol, no busca embriagarse pero se embriaga.

ebriedad fortuita, cuando la persona bebe sin conocer la naturaleza o propiedad de la bebida.

ebriedad forzada, se es coaccionado física o moralmente a ingerirlo

ebriedad voluntaria, se ingiere consciente y libremente.

el hipnotismo

El sujeto si bien conserva su inteligencia, actúa sometido a la voluntad de otra persona, el hipnotizador. la persona sería un vehículo.

el sueño y los estados afines

sonambulismo, estado anormal de sueño, el sujeto ejecuta actos corrientes de la vida de relación, sin conciencia de ello y sin recordarlos al despertar.

"embriaguez del sueño", se produce inmediatamente antes y después del sueño en personas de sueño profundo, temperamento nervioso o bajo tensión emocional.

sueño propiamente tal, sus movimientos no están guiados por la razón

Trastornos psicotraumáticos

repercusiones físicas de fenómenos predelictuales síquicos
sociópatas
Psicópatas, ej. cleptómano
Demencias, siempre que sus efectos sean suficientemente profundos.

deficiencias o anomalías mentales

oligrofrenias
síndrome de down
retardo mental
Imbéciles, entre 4 y 8 años de edad mental.
Idiotas, menor de 4 años de edad mental.

enfermedades mentales propiamente tales:

exógenas
trastornos mentales por toxicidad o infecciosas

No se refieren a estados pasajeros de trastorno mental que algunas sustancias producen, sino una alteración permanente de la salud mental como consecuencia del uso prolongado de sustancias tóxicas.

Están aquí: dipsomanía y delirium tremens (éste último la jurisprudencia señala que sería imputable).

demencia senil
Endógenas o congénitas
epilepsia

enfermedad mental grave, afecta el sistema nervioso, caracterizado por convulsiones e inconsciencia.

psicosis maníaco-depresiva

una sola enfermedad con dos fases, maníaco, el individuo furioso y depresiva, angustia, ansiedad.

paranoia

la persona padece de grandes y graves delirios imaginarios, ej. delirio mesiánico (Hitler), clerofobia.

esquizofrenia

división o escisión de la personalidad, fabricándose un mundo irreal, llegando incluso al autismo.

Causales de inimputabilidad

se pueden clasificar en dos grandes grupos:
Los que se fundan en un desarrollo insuficiente de la personalidad, falta de madurez por menor edad.

Subtópico

inmadurez psicológica

corresponde a la falta de maduración global, severa y perfectamente insaturada, que cobija una o varias áreas de la personalidad del sujeto y que explícitamente impidió, en el momento de cometer su acción, obrar con pleno conocimiento de causa y con libre capacidad de autodeterminación

Los que encuadran su origen en un trastorno mental de carácter patológico o accidental (privación temporal de la razón).

falta de salud mental y trastornos mentales

es una disfunción o anomalía mental lo suficientemente severa como para impedir a la persona, comprender la ilicitud de su conducta

art. 33 del código penal

Tiempo de la inimputabilidad

Ej. cuando una persona bebe hasta perder el control de sus actos, para darse ánimos y cometer un homicidio que sobrio sería incapaz de realizarlo (la opinión dominante la considera un problema ya superado).
Se exceptúan las llamadas personas liberae in causa, casos en los cuales al momento de ejecutar la conducta típica, el autor se haya en una situación de inimputabilidad que el mismo se ha provocado, sea en forma voluntaria o culposa (imprudente o negligentemente).
Para que excluya la culpabilidad es preciso que concurra en el momento de ejecutarse la acción típica.

Efectos jurídicos de inimputabilidad

Dentro del juicio criminal la persona procesada o formalizada se sobresee, pues concurre causal de exención.
Esta trae aparejada la inculpabilidad de la conducta antijurídica