Reformas actualizadas del acuerdo 057-2022
Articulo 4, reforma 90 se establece la manipulación de cargas en
Artículo 7, reforma 304 disminuye el botiquín de primeros auxilios en 13 artículos.
-Varones de 18 a 22 años 20 kilogramos.
-Varones de 22 años en adelante 45 kilogramos.
Artículo 12. Se reforma el artículo 556, el cual queda de la siguiente manera:
Las disposiciones en materia de salud y seguridad ocupacional contempladas o no en el presente reglamento deben de ser consultadas al Ministerio de Trabajo y Prevencion Social como ente rector de la materia, el que debe adquirir al CONASSO las normas técnicas necesarias para operativizar de mejor manera el presente reglamento, mismas que tendrán carácter obligatorio o voluntario, según lo dictamine el CONASSO;
El CONASSO está obligado a emitir opinión en los temas de su competencia en los que el Ministerio de Trabajo y prevención Social le requiera.
Artículo 2. Se reforma el artículo 10, el cual queda así:
Articulo 10 todo lugar de trabajo con diez o más trabajadores debe contar con un Comité Bipartidadiro de Salud y Seguridad Ocupacional, Estos de comités bipartitos de SSO, deben ser integrados con igual número de representantes de los trabajadores del patrono, los cuales no deben ser sustituidos por ninguna clase de comisión o brigada que tengan funciones similares.
Las atribuciones actividades y funciones deben ser incluidas y desarrolladas en un capítulo especifico con el nombre de Salud y Seguridad Ocupacional en el reglamento interior según lo establecido en el artículo 302 de este reglamento.
Articulo 8, reforma artículo 320, inciso b
Artículo 320 Para evitar peligros de la electricidad es estática y que se produzcan chispas en ambiente inflamable deben adaptarse las precauciones siguientes:
Artículo 9, reforma 343
Artículo 343 Las lámparas eléctricas portátiles deben tener un mango aislante y un dispositivo protector de la lámpara, de suficiente resistencia mecánica.
a. La unidad relativa del aire se debe mantener sobre el 50 por ciento.
b. Las cargas eléctricas estáticas que puedan acumularse en los cuerpos metálicos deben ser neutralizadas por medio de conductores a tierra. Especialmente debe efectuarse conexión a tierra.
Decreto 229-2014
Articulo 90 contaban con autorizaciones de manipulación de cargas en las mujeres de poder ejercer trabajo de un varón:
Articulo 304 el botiquín de primeros auxilios contenía un aproximado de 26 artículos.
• Varones de 16 a menos de 18 años 15 kilogramos
• Varones de 18 a 21 años 20 kilogramos
• Mujeres de 16 a menos de 18 años 10 kilogramos
• Mujeres de 18 a 21 años 15 kilogramos
• Varones adultos 55 kilogramos
Articulo 556
Las disposiciones técnicas no contempladas en el presente reglamento deben ser consultadas al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el que deberá requerir el CONASSO las normas técnicas necesarias, para operativizar de mejor manera el presente reglamento,
El CONASSO se apoyará en el COGUANOR y/u otras instituciones para la elaboración de estas normas técnicas, las cuales tendrán carácter obligatorio o voluntario, según lo dictamine el CONASSO, y estas deberán ser avaladas y validadas para su aplicación, por profesionales calificados, de acuerdo a la naturaleza de las mismas.
Articulo 10
Todo lugar de trabajo debe contar con un comité bipartito de SSO.
Estos Comités Bipartitos de Salud y Seguridad Ocupacional, deben ser integrados con igual número de representantes de los trabajadores y del patrono, los cuales no deben ser sustituidos por ninguna clase de comisión o brigada que tengan funciones similares
Las atribuciones y actividades de estos comités deben estar debidamente autorizados con su libro de actas, por el Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Previsión Social o la Sección de Seguridad e Higiene del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, y sus funciones deben ser desarrolladas en el reglamento interior de trabajo correspondiente y los lugares de trabajo que cuenten con menos de diez trabajadores.
Articulo 320, inciso b Las cangas de electricidad estática que pueden acumularse en los cuerpos metálicos deben ser neutralizados por medio de conductores a tierra. Especialmente deben efectuarse conexión a tierra.
Artículo 343 Las lámparas eléctricas portátiles deben tener mango aislante y un dispositivo protector de la lámpara, de suficiente resistencia mecánica, cuando se empleen sobre suelos, parámetros o superficies que sean buenas conductores, no transformadores de separación de circuitos.
1. En los ejes de transmisiones a correas y poleas.
2. Es el lugar más próximo en ambos lados de las correas y en el punto donde salgan de las poleas mediante peines metálicos.
3. En los ejes metálicos que se pinten o barnicen con pistolas de pulverización. Estas pistolas también se conectarán a tierra.