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av Emily Zambrano 3 år siden

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Derechos a la independencia y autonomía de los adultos mayores

El Estado ecuatoriano tiene la responsabilidad de desarrollar políticas públicas que garanticen los derechos de las personas mayores, basadas en la colaboración entre las instituciones del Sistema Nacional Especializado de Protección Integral.

Derechos a la independencia y autonomía de los adultos mayores

Derechos a la independencia y autonomía de los adultos mayores

Señales

Si alguien le obliga a mendigar, están vulnerando sus derechos a una vida libre de violencia y a la protección especial.
Si en los servicios públicos de salud no le atienden con preferencia o le cobran por la atención y medicamentos, están vulnerando su derecho a una atención gratuita y preferente en salud.
Debe saber que toda acción u omisión que vaya en contra de su integridad física (golpes), psíquica (insultos) o sexual (violación) vulnera su derecho a una vida libre de violencia.

Derechos

Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos
El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento
Derechos a una vida libre de violencia en el ámbito público y privado.
Derecho al voto, facultativo
Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley
Exenciones en el régimen tributario

Deberes del Estado

Sin duda alguna el Estado Ecuatoriano tiene el deber fundamental de elaborar políticas públicas enmarcadas en la garantía de los derechos de las personas adultas mayores, tomando como base una planificación articulada entre las instituciones que integran el Sistema Nacional Especializado de Protección Integral de los derechos de las personas adultas mayores. Además de promover la creación de centros especializados y hospitales geriátricos que brinden atención de primera orden.

Articulo 11

Derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud. La persona mayor tiene el derecho irrenunciable a manifestar su consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud. La negación de este derecho constituye una forma de vulneración de los derechos humanos de la persona mayo

La presente ley, considera como una persona adulta mayor aquella que ha cumplido los 65 años de edad