av Olga Ortega 4 måneder siden
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Mer som dette
La internación provisional es posible solo en casos excepcionales y debe ser el último recurso, garantizando siempre que se respeten los derechos del adolescente.
centro especializado para menores si se considera que las demás medidas cautelares no son suficientes para asegurar la presencia del menor en el proceso judicial, proteger a la sociedad o evitar la comisión de nuevos delitos.
asegurar que el adolescente no abandone el área donde debe permanecer durante el proceso judicial.
El adolescente debe presentarse regularmente ante el juez o una autoridad designada para demostrar su disposición a cumplir con las órdenes judiciales.
El adolescente puede quedar bajo la supervisión de un adulto responsable o de una institución especializada que se encargue de su cuidado y vigilancia.
amonestación formal realizada por el juez, recordando al adolescente la importancia de cumplir con las leyes y el proceso judicial.
Protección Integral
Las medidas deben buscar siempre el bienestar del adolescente, respetando sus derechos y promoviendo su reintegración social.
Temporalidad
Las medidas deben durar el tiempo mínimo necesario para cumplir con su finalidad.
Excepcionalidad de la privación de libertad
La internación provisional debe ser considerada solo como último recurso.
Proporcionalidad
Deben ser proporcionales a la gravedad del delito y las circunstancias particulares del adolescente.