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av Veronica Gonzalez 2 år siden

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Objetos del derecho familiar

El derecho familiar se centra en la regulación de las relaciones y obligaciones entre los miembros de una familia, destacando la importancia de la solidaridad sobre la libertad individual.

Objetos del derecho familiar

Objetos del derecho familiar

Sanciones especiales del derecho familiar

Además del divorcio como sanción especifica en las relaciones conyugales, podemos citar la perdida y suspensión de la patria potestad en los casos que despues indicaremos, así como las incapacidades para desempeñar el cargo de tutor, y la perdida y suspensión del mismo.

Ejecucion forzada y uso de la fuerza publica

La ejecución forzada se refiere en general al embargo de bienes de todo aquel que resulte condenado en juicio; también puede imponerse como acto inicial del mismo en los casos en que proceda la vía ejecutiva o como diligencia prejudicial, cuando hubiere temor de que el deudor oculte o enajene sus bienes.

Divorcio

El divorcio ha sido considerado como una sanción especifica del derecho familiar, pero solo en todos aquellos casos que supongan un hecho ilícito entre los cónyuges, en relacion con los hijos respecto de terceras personas, que la ley ha tipificado como bastante para originar la ruptura del vinculo conyugal.

Nulidad

La nulidad ha sido considerada como la sanción perfecta del derecho, en virtud de que tiene por objeto privar de efectos y consecuencias al acto jurídico.

Los actos jurídicos del derechos familiar no admiten términos ni condiciones

Tampoco se puede sujetar a términos o condiciones los actos del derecho familiar en los que la voluntad privada funciona como condición de un pronunciamiento estatal y que se distingue de aquellas de donde solo existe manifestación del poder familiar.

Actos del derecho familiar que no son contratos

Aplica su tesis al matrimonio para considerar que es el principal negocio del derecho familiar que aun cuando se constituye mediante el acuerdo de dos voluntades, no es un contrato.

Clasificacion de los actos juridicos familiares

Los actos jurídicos privados son aquellos que se realizan por la simple intervención de los particulares. Los actos jurídicos mixtos son aquellos que para su constitución misma requieren la intervención de los particulares y de un funcionario del estado. Los actos jurídicos públicos son aquellos que se realizan por la intervención única de un órgano del estado, si que en su celebración concurran las manifestaciones de voluntad de la parte o partes que resulten afectadas por el acto.

Clasificacion de los deberes jurídicos familiares

Los deberes jurídicos familiares admiten las mismas clasificaciones que anteriormente enumeramos para los derechos subjetivos y familiares.

Tesis de Cicu respecto a los derechos subetivos familiares

Partiendo Cicu de su tesis basica o sea, de la identificación entre las relaciones familiares y la de derecho publico, considera que las distintas funciones que el ordenamiento jurídico reconoce para lograr la solidaridad familiar, excluye toda idea de libertad individual.

Derechos familiares transigibles e intransigibles

Expresamente el articulo 2948 del código civil vigente estatuye: "No se puede transigir sobre el estado civil de las personas, ni sobre la validez del matrimonio". En consecuencia, no puede celebrarse el contrato de transacción respecto a los derechos familiares extrapatrimoniales, como son todos los que derivan del estado civil de las personas.

Derechos familiares temporales y vitalicos

Los derechos inherentes a la patria potestad y a la tutela se caracterizan como temporales debido a que se confieren solo durante la menor edad de las incapaces o bien durante el tiempo que dure la interdicción.

Derechos familiares públicos y privados

Los derechos familiares de interés publico son los que principalmente organiza el derecho objetivo de familia, tanto en las relaciones conyugales como en las que nacen del parentesco, la patria potestad o la tutela.

Definición de los derechos subjetivos familiares

Cabe definir los derechos subjetivos familiares diciendo que constituyen las distintas facultades jurídicas que se originan por el matrimonio, el parentesco, la patria potestad o la tutela, por virtud de las cuales un sujeto esta autorizado por la norma de derecho.

Objetos propios del derecho familiar

Tenemos derechos subjetivos familiares, que principalmente se manifiestan en el matrimonio, entre los consortes; en las relaciones de parentesco, entre los parientes por consanguinidad, afinidad y adopción; en las relaciones especificas de la patria potestad entre padres e hijos, abuelos y nietos; así como en todas las consecuencias generales de la filiación legitima y natural.

Cumplimiento por equivalente de algunas prestaciones

En el derecho civil patrimonial es frecuente que las prestaciones incumplidas se traduzcan en un equivalente a efecto de llevar a cabo la ejecución forzada sobre los bienes del deudor.

Reparacion del daño

La reparación del daño es una sanción del derecho privado en general, pero tiene principalmente aplicación tratándose de las relaciones patrimoniales.

Revocación

La revocación puede tener dos aspectos como sanción cuando una de las partes esta facultada para dejar sin efectos un acto jurídico o bien como un simple acuerdo entre los interesados para destruir, por mutuo disenso, todas las consecuencias de un acto jurídico.

Inexistencia

La inexistencia es una sanción que tiene por objeto declarar que un acto jurídico carece de sus elementos esenciales y, por lo tanto, es "la nada" para los efectos del derecho.

Ineficacia de la voluntad en los actos jurídicos del derecho familiar para producir ciertas consecuencias

Fundado en las premisas que anteceden, afirma el jurista italiano que la voluntad privada no es eficaz para constituir, modificar o disolver los vínculos jurídicos familiares.

Especialidad de los actos jurídicos del derecho familiar

Parte Cicu de la siguiente observación: en el derecho privado es fundamental la teoría del negocio jurídico, de tal suerte que constituye la base de la mayor parte de las instituciones.

Actos jurídicos familiares

Son aquellas manifestaciones de voluntad unilateral o plurilateral que tienen por objeto crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones de carácter familiar.

Definición de los deberes subjetivos familiares

Los deberes subjetivos familiares se definen como los distintos estados de sujeción jurídica en los que se encuentran colocados respectivamente un cónyuge frente al otro, los incapaces en relacion con los que ejercen la patria potestad o tutela y los parientes entre si.

Derechos familiares transmisibles por herencia y extinguibles por la muerte de su titular

Todos los derechos conyugales terminan con la muerte de uno de los cónyuges, pero en cuanto a la facultad para heredar en la sucesión legitima, como cónyuge supérstite, la ley reconoce expresamente esta posibilidad. Los derechos derivados del parentesco se extinguen necesariamente con la muerte del titular, aun en sus consecuencias patrimoniales relativas a alimentos.

Derechos familiares renunciables e irrenunciables

Los derechos familiares extrapatrimoniales se caracterizan como irrenunciables, pero puede haber excusa para desempeñar respectivamente la patria potestad, la tutela o la curatela. En las relaciones conyugales, no cabe la renuncia de ninguna de las facultades que origina el matrimonio, de tal manera que cualquiera estipulación en ese sentido carecerá de efectos jurídicos.

Derechos familiares transmisibles e intransmisibles

Todos los derechos familiares que no tienen carácter patrimonial son intransmisibles en virtud de que se conceden en consideración a la persona del titular o a la especial relacion jurídica que se constituye. En los derechos conyugales no cabe transferencia alguna, ni aun en los de carácter patrimonial.

Derechos absolutos y derechos relativos de orden familiar

Kipp y Wolff, sostienen que los derechos conyugales son derechos absolutos. Los derechos subjetivos familiares son relativos, por ser oponibles exclusivamente a determinados sujetos pasivos.

Clasificacion de los derechos subjetivos familiares

Podemos clasificar los derechos subjetivos familiares desde ocho puntos de vista: a) Derechos familiares patrimoniales y no patrimoniales. b) Derechos familiares absolutos y relativos. c) Derechos familiares de interés publico y de interés privado. d) Derechos familiares transmisibles e intransmisibles. e) Derechos familiares temporales y vitalico. f) Derechos familiares renunciables e irrenunciables. g) Derechos familiares transigibles e intransigibles. h) Derechos familiares transmisibles por herencia y extinguibles por la muerte de su titular.

Enumeración de los objetos del derecho en general

Este concepto se desprende cual cual es el objeto del derecho objetivo, asi como los diversos contenidos que puede presentar dicho objeto a traves de la facultad juridica, del deber o de la sancion.