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av Nathalia Arciniegas 2 år siden

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Organigrama

La Resolución 3100 de 2019 establece las normas para la inscripción y habilitación de los prestadores de servicios de salud en Colombia. La normativa destaca que, en caso de cierre de un servicio debido a incumplimiento de condiciones, y siendo este el único en la zona, la secretaría de salud debe planificar su reubicación en un plazo de cinco días para garantizar la continuidad del servicio.

Organigrama

Resolución 3100 de 2019: Inscripción de los prestadores de servicios de salud y habilitación de los servicios de salud

Disposiciones generales

Gratuidad
La inscripción de los prestadores de servicios de salud y la habilitación de servicios de salud en el REPS son trámites gratuitos
Responsabilidad en la validación de la información
Las secretarías de salud son las responsables de validar la información que el prestador de servicios de salud registre en el REPS
Servicio de transporte asistencial de pacientes
Los prestadores del servicio de transporte asistencial habilitarán el servicio en donde esté ubicada la sede
Garantía de la prestación de servicios de salud
Cuando por incumplimiento de las condiciones de habilitación se presente el cierre de un servicio y sea el único prestador de dichos servicios en su zona, la secretaría de salud deberá elaborar en un plazo de cinco (5) días, previos al cierre, un plan que permita la reubicación y la prestación de servicios a los pacientes
Exigibilidad de requisitos
Para el proceso de inscripción, habilitación y verificación, sólo se pueden exigir los requisitos en la presente norma

Visitas de verificación

Visita de reactivación
Se realiza en los siguientes casos

Cuando un prestador de servicios de salud tenga inactivos servicios de alta complejidad una novedad de cierre temporal

Cuando un prestador de servicios de salud tenga inactivos los servicios de alta complejidad

Cuando una Institución se encuentra inactiva en el REPS por no haber realizado la autoevaluación de la totalidad de los servicios

Visita de certificación
Es realizada por parte de la secretaría de salud con posterioridad a la habilitación de los servicios de salud, permite certificar el cumplimiento de las condiciones de habilitación
Visita de verificación previa
Se requiere visita de verificación previa en los siguientes casos

Para cambiar la complejidad de un servicio de baja o mediana complejidad a alta complejidad

Para inscribir una nueva institución prestadora de servicios de salud

Para habilitar nuevos servicios alta complejidad

Autoevaluación e inscripción en el REPS

Vigencia de la inscripción en el REPS
La inscripción inicial en el REPS tendrá una vigencia de cuatro años contados a partir de la fecha en que se haya realizado la inscripción
Requisitos para el trámite de la inscripción en el REPS
Radicar el formulario de inscripción y el documento de declaración de la autoevaluación ante la secretaría de salud, y los demás soportes definidos en el Manual de Inscripción.
Ingresar a la página web de la secretaría de salud y seleccionar el enlace de inscripción de prestadores
Autoevaluación de las condiciones de habilitación
La autoevaluación es un requisito en los siguientes casos

-De manera previa a la inscripción -Durante el cuarto año de la vigencia de la inscripción -Antes del vencimiento del término de renovación anual de la inscripción -De manera previa al reporte de las novedades

Campo de acción

Inscripción y habilitación
Todo prestador de servicios de salud debe estar inscrito en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud -REPS
Condiciones a cumplir
Se debe cumplir con las siguientes condiciones

1.Capacidad técnico-administrativa. 2.Suficiencia patrimonial y financiera. 3.Capacidad tecnológica y científica.

Campo de aplicación
La resolución aplica a

Superintendencia Nacional de Salud.

Entidades responsables del pago de servicios de salud.

Secretarias de salud departamental o distrital

Entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud.

Servicios de transporte especial de pacientes.

Profesionales independientes de salud.

Instituciones prestadoras de servicios de salud.