El programa anual de evaluación establece un marco coordinado entre la UED y el Consejo para gestionar consultas y resolver casos no previstos en su ámbito de competencia. Se notificará a las dependencias y entidades sobre cualquier modificación y evaluaciones adicionales que surjan, siguiendo un cronograma estructurado que abarca diversos tipos de evaluaciones.
La UED Y el Consejo atenderán las consultas y solicitudes relacionadas con las PAE y resolverán los casos no previstos, en el ámbito de su competencia y coordinación respectivas.
La UED y el Consejo, en el ámbito de su competencia y coordinación respectivas, notificarán mediante oficio a las dependencias y entidades sobre las modificaciones que, en su caso, se realicen al PAE, así como las evaluaciones adicionales que se establezcan en términos del numeral 41.
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
Las AE de los Programas Federales y de los Fondos de Aportaciones Federales sujetos a evaluación deberán atender el siguiente cronograma de ejecución.
Evaluación estratégica a fondos de aportaciones federales en el ámbito estatal.
Evaluación estratégica a fondos de aportaciones federales en el ámbito federal.
Ficha de desempeño del fondo de aportaciones múltiples componente asistencia social.
Ficha de desempeño del fondo de aportaciones para la infraestructura social.
Ficha de información básica
Fichas de monitoreo y evaluación
Evaluación estratégica con enfoque de políticas públicas
Evaluación estrategica con enfoque de procesos
Evaluaciones específicas
Evaluación de impacto
Evaluación de consistencia de resultados
Diagnóstico
ACCIONES DE EVALUACIÓN A CONSIDERAR EN EL PAE
Evaluaciones complementarias.
Evaluaciones en PAE anteriores.
Evaluaciones estratégicas.
Fichas de información.
Evaluaciones específicas.
Evaluación de impacto.
Evaluación de procesos.
Evaluación de consistencia y resultados.
Evaluación en materia de Diseño.
Programas de nueva creación propuestos para el PPEF.
Evaluaciones cuya instancia de coordinación es el Consejo.
Evaluaciones cuya instancia de coordinación es la UED
Corresponderá a la UED, en el ámbito de su competencia, fungir como la Instancia de Coordinación respecto de las evaluaciones señaladas en los anexos 1a,1b,1c,1d,1e,1f,3a y 3b, así como las fichas de la información básica listadas en en el anexo 1g del PAE.
MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS
Monitoreo de políticas y programas sociales
Para el caso de la SAGARPA que se operan en las entidades federativas, las MIR estatales deberán estar alineadas a las MIR a nivel nacional, de acuerdo con los criterios de vinculación y alineación que emita la sagarpa, dichas matrices se tomarán en cuenta para evaluar los resultados del ejercicio de los recursos que la Federación haya transferido a las entidades federativas.
Durante el ejercicio fiscal, el Consejo dará a conocer a las dependencias y entidades que coordinan Programas y Acciones Federales de Desarrollo Social, el listado de programas presupuestarios que serán considerados pata que participen en diversos estudios sobre el monitoreo de entregas de bienes o servicios.
Como parte de la valoración integral del Sistema de Monitoreo de la Política Social, el Consejo dará a conocer el informe de monitoreo de políticas y programas sociales a mas tardar el 31 de agosto del año que se ejecuta.
El Consejo podrá solicitar a las dependencias y entidades, a cargo de Programas y Acciones Federales de Desarrollo Social, completar la evolución histórica de los indicadores de la MIR en los términos que establezca.
El Consejo informará el listado de Programas y Acciones Federales de Desarrollo Social cuyos indicadores serán analizados a través de las MeTRI.
Como parte del proceso de aprobación de indicadores de los Programas y Acciones Federales de Desarrollo Social, las dependencias y entidades deberán actualizar las MIR de sus programas presupuestarios conforme a los resultados de las evaluaciones y a las sugerencias de mejora que emite el Consejo en el arco del Diagnóstico de Matrices de Indicadores para Resultados.
PROCESO DE EVALUACIÓN
Aspectos Susceptibles de Mejora derivados de informes y evaluaciones externas.
La UED y el Consejo se coordinarán para dar inicio al desarrollo de criterios específicos para la integración y seguimiento de ASM que deriven de evaluaciones a Fondos de Aportaciones Federales realizadas en Entidades Federativas, municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
De conformidad con el articulo 27, fraccion IV, del DPEF, las dependencias y entidades deberán dar seguimiento a los principales hallazgos y/o resultados de las evaluaciones con que cuenten e integrar los ASM, que deriven, en el diseño y operación de las políticas públicas de los programas correspondientes.
De conformidad con el mecanismo ASM, los hallazgos y/o recomendaciones que deriven de las evaluaciones, incluyendo las complementarias, deberán considerarse para el análisis de los posibles ASM.
Evaluaciones de Programas Presupuestarios con Recursos Federalizados en Concurrencia de Recursos.
Para el caso de los programas de la SAGARPA que operan en las entidades federativas, se deberán realizar las evaluaciones externas correspondientes, de acuerdo con los lineamientos vigentes o que para tal efecto emita el AE responsable a nivel central.
Consideraciones especificas para la evaluación de las políticas públicas.
Las dependencias o entidades con atribuciones para evaluar políticas públicas específicas por mandato de alguna disposición jurídica, podrá proponer a la UED y al Consejo la inclusión de evaluaciones sobre dichas políticas públicas al PAE.
Consideraciones específicas par la evaluación de Fondos de Aportaciones Federales.
La UED y el Consejo continuarán el desarrollo de metodologías para la evaluación y e seguimiento de resultados de esta, correspondientes al Ramo General 33 y los Fondos que lo integran.
Las evaluaciones a las que hace referencia este numeral, se llevaran a cabo con independencia de las que coordinen o establezcan las entidades federativas, los municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Los resultados de las evaluaciones realizadas a los Fondos de Aportaciones Federales deberán ser tomados en consideración por las dependencias y entidades que correspondan.
Las AE de las dependencias coordinadoras de los Fondos coordinaran las evaluaciones qe se realicen a Fondos de Aportaciones Federales en los ambitos Federal y Estatal, conforme a lo señalado en el PAE.
Resultados de las evaluaciones
Las dependencias y entidades deberán publicar en sus portales de internet todas las evaluaciones, estudios y encuestas, que con cargo a recursos fiscales se hayan realizado, aun cuando no sea parte del PAE.
Los informes finales presentados, así como los documentos de trabajo utilizados para comprometer acciones de mejora derivados de los hallazgos y resultados de las evaluaciones.
Las dependencias y entidades publicarán en sus páginas de internet, en el plazo previsto en el numeral vigésimo sexto de los lineamientos, documentos y resultados de las evaluaciones consideradas en el PAE.
Las dependencias o entidades, por medio de las AE, deberán presentar los informes finales de las evaluaciones consideradas en el PAE a mas tardar 30 días naturales posteriores a su entrega a la Instancia de Coordinación.
La coordinación para la contratación así como para la supervisión y seguimiento de la evaluación externa al interior de cada dependencia y entidad, se deberá realizar por su AE, para lo cual se sujetará a lo siguiente:
Coordinar la elaboración del documento de Posición Institucional para cada evaluación, apegándose al formato que la UED y el Consejo definan para tales efectos en el ámbito de su competencia.
Verificar el cumplimiento de los TdR, de los plazos establecidos en el cronograma de ejecución del PAE, y de las demás disposiciones que al efecto establezcan la UED y el Consejo en el ámbito de sus competencia y coordinación respectivas.
Revisar los resultados y aprobar los productos que deriven de las evaluaciones antes de aceptarlos a entera satisfacción, para lo cual podrán solicitar opinión de las UR a cargo de los programas federales, políticas y Fondos de Aportaciones Federales evaluados;
Coordinar los procedimientos de contratación de las evaluaciones, conforme a los procesos, atribuciones y disposiciones específicas de la dependencia o entidad contratante, y demás disposiciones aplicables, salvo en los casos que en que las instancias de Coordinación dispongan realizar de manera directa la contratación;
La UED y el Consejo fungiran como instancias de coordinación de las evaluaciones previstas en el PAE
CONSIDERACIONES GENERALES
La realización de las evaluaciones incluidas en el PAE estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria de la dependencias o entidad encargada de su realización y a la vigencia de los programas presupuestarios correspondientes.
De conformidad con lo establecido en el segundo parrafo del numeral Decimo sexto de los lineamientos y en el art. 27, fraccion V, DPEF, el costo de las evaluaciones de los programas operados o coordinados por las dependencias y entidades sera con cargo a su presupuesto y conforme al mecanismo de pago que se determine.
Para efectos del programa se entenderá lo siguiente:
LFPRH
LCF
Inventario CONEVAL de Programas y Acciones Federales de Desarrollo Federal
Instancia de coordinación
Fondo de Aportaciones Federales
FIDEFAF
Evaluación externa
Evaluación estratégica
Evaluación específica
Evaluación en materia de diseño
Evaluación de procesos
Evaluación de impactos
Evaluación de Consistencia y Resultados
Evaluación complementaria
Evaluación
Entidades
DPEF
DGPyP
Dependencias coordinadoras de los fondos
Dependencias
Coordinación de la evaluación
Consejo
Cambios sustanciales
ASM
Área de evaluación
Acciones Federales de Desarrollo Social
Objetivos generales
Articular los resultados de las evaluaciones realizadas en cumplimiento al programa presente relevante al presupuesto basado en resultados y del Sistema de Evaluación del Desempeño.
Vincular el cronograma de ejecución de las evaluaciones con el calendario de las actividades de la programación y presupuestación en términos de lo dispuesto en el art. 111 del último párrafo de la LFPRH y 22 de su reglamento.
Establecer el cronograma de ejecución de las evaluaciones.
Determinar las evaluaciones y los tipos de evaluación que se aplicarán a los programas federales en la administración Pública Federal, políticas públicas y Fondos de Aportaciones Federales.