Tenemos los siguientes mecanismos
Acción de grupo
Artículo 88 de la Constitución
Acciones populares
Artículo 88 de la Constitución y ley 472 de 1998
Acción de cumplimiento
Artículo 87 de la Constitución Política.
Derecho de petición
Artículo 23 Constitucional y artículos 5, 17 y siguientes del Código Contencioso Administrativo.
Habeas data
Artículo 15 superior y desarrollado por la Ley 1266 de 2001
La acción de tutela
Habeas corpus
Artículos 28, 19 y 30 de la Constitución Política.
Protección y aplicación de los derechos fundamentales
la Constitución consagra un conjunto
de instrumentos para que los particulares hagan valer los derechos establecidos en la
Constitución, de tal manera que no se conviertan en sólo enunciados teóricos cargados
de buenas intenciones, en simple letra muerta, sino que puedan hacerse efectivos y
exigibles.
El estado es el que debe proteger como pilar principal los derechos fundamentales, pero también, existen entidades conformadas por los ciudadanos para velar por que se cumplan estos derechos.
Derechos de la Primera Generación
Derecho a la intimidad
Derecho a la Voz
Derecho a la Imagen
Derecho a la igualdad
Derecho a la Libertad
Derecho a la Honra
Derecho a la Salud
Derecho a la Vida
Derechos de la Tercera Generación
Se pretende con ellos propiciar un desarrollo basado en la equidad y la solidaridad entre
las naciones, en la necesidad de crear condiciones favorables de realización de los
pueblos dentro del respeto a la autonomía y la libre autodeterminación de las naciones
Derecho a la moral pública
Derecho a la libre competencia
Derecho al espacio público
Con estos derechos se pretende establecer condiciones más adecuadas y
propicias para la efectividad de los derechos de las dos generaciones anteriores
Derecho a un medio ambiente sano
Derecho de desarrollo
Derecho de solidaridad
Capítulo V: Responsabilidades y deberes ciudadanos
Capítulo IV: Mecanismos de protección y aplicación de los derechos
Capítulo III: Derechos colectivos y del medio ambiente
Capítulo II: Derechos sociales, económicos y culturales
Capítulo I: Derechos Fundamentales
Nuestra Constitución Política regula lo concerniente a los derechos fundamentales en su
Titulo II, el que a su vez consta de cinco capítulos y 85 artículos
Los derechos humanos están fundamentados en la dignidad humana, la razón y la
justicia, orientados a la garantizar la convivencia saludable y pacífica de los asociados.
Art. 1° de nuestra Constitución Política, el Estado se fundamenta en el respecto a la dignidad humana y en el reconocimiento de estos derechos.
Derechos fundamentales y sus mecanismos de proteccion.
Los derechos fundamentales están referidos principalmente a los derechos humanos, y estos deben ser reconocidos al ser humano, por el simple hecho de existir.
Derechos de la segunda generación
Es deber fundamental del estado, propiciar los instrumentos y medios requeridos a fin de crear las
condiciones precisas para satisfacer las necesidades de carácter económico, social y
cultural de toda la población.
Por ello, son derechos de
prestación que dependen de la política económica y social del Estado-, estos son:
Derechos mínimos de los trabajadores
Atención a disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos
Derechos del Adolescente
Libertad de expresión
Derecho a la Cultura
Derecho a la Educación
Derecho a la Salud Básica
Derecho a la Seguridad Social
Protección a la familia