SEMINARIO RECEPCION DE DENUNCIAS
Unidad 5
Sistema de información para la recepción de denuncias
Objetivo de la unidad
- Distinguir el funcionamiento y aplicación de los sistemas de información para la recepción de la denuncia SPOA, SIDENCO, SIEDCO y SUIP
- Diferenciar los lineamientos para la caracterización de delitos de la PONAL de Colombia apropiados para la recepción de denuncias
Formas, tipos o clases de hurtos
- Hurto a celulares
- Hurto a personas
- Hurto a residencias
- Hurto a fincas
- Hurto a establecimientos
- Hurto a entidades financieras
- Hurto a motocicletas
- Hurto a vehículos
- Hurto a autopartes
- Hurto a cabezas de ganado
- Hurto y piratearía terrestre
- Hurto a bicicletas
Modalidades de hurtos
HURTO A CABEZAS DE GANADO O ABIGEATO
- Alteración de hierros o marcas
- Arreo
ATRACO
Cuando el agresor ejerce la intimidación, agresión o violencia contra la victima con el propósito de despojarla de sus pertenencias mediante la utilización de cualquier tipo de arma
BATALEO
Cuando el victimario golpea por la parte trasera del vehículo para distraer el conductor, mientras otra persona se apodera de los bienes que se encuentran dentro del automotor
CARNEO O GANADO EMPELADA
Modalidad mediante el cual el ganado hurtado es sacrificado en el mismo lugar o cerca de los predios de permanencia
COSQUILLEO
Modalidad mediante la cual los delincuentes sustraen con sutileza las pertenencias de las victimas sin que estas se percaten, se presenta mas que todo en aglomeraciones en centros comerciales, contactos accidentales, transporte publico o vía publica
DESCUELGUE DE MERCANCIAS
Consiste en sustraer con sutileza mercancías transportada en vehículos de carga, en esta modalidad no se ejerce ninguna clase de intimidación hacia la victima
ENGAÑO
El victimario mediante la utilización de palabras hace creer a la victima que lo que le esta manifestando es verdadero haciendo que entregue sus pertenencias de forma voluntaria
FACTOR DE OPORTUNIDAD
Se presenta cuando la victima por descuido o confianza deja sus objetos sin la debida proteccion
FLETEO
Es cuando el victimario despoja a la victima del dinero que previamente a realizado algún tipo de retiro en efectivo en ventanillas de entidades bancarias o financieras
HALADO
Modalidad mediante la cual el victimario aprovecha la ausencia del conductor del (vehículo, motocicleta o bicicleta) se encuentra parqueado en vía publica o parqueadero y utiliza objetos para dañar las cerraduras y así apoderarse del automotor.
LLAVE MAESTRA
Los victimarios utilizan llaves especiales que permiten la apertura de cerrojos, chapas o cerraduras sin mayor esfuerzo y sustraer los elementos que se encuentren en el interior del inmueble.
MECHERO U HORMIGUEO
Los victimarios ingresan a establecimientos comerciales y se apoderan de bienes
RAPONAZO
Cuando el victimario aborda a la victima utilizando el factor sorpresa y rápidamente hala o arranca las pertenencias para después huir apresuradamente
ROMPIMIENTO DE VIDRIOS
Modalidad cuando los victimarios se reúnen en grupos en sitios estratégicos, donde los vehículos tienen que reducir la velocidad para romper los vidrios y sustraer las pertenencias que van en el interior del carro.
SUPLANTACION
Modalidad cuando los delincuentes mediante la falsificación de documentos, uniformes, distintivos y los utiliza para engañar a las victimas para apoderarse de sus pertenencias
TAQUILLAZO
Modalidad en la cual los delincuentes se apoderan de forma rápida de dineros que se encuentren en taquillas de entidades bancarias, financieras o establecimientos
BANDALISMO O SAQUEO
Modalidad en la cual se presenta el hurto de mercancía por parte de personas dentro de contextos de protestas sociales, desastres, volcamiento de vehículos, entre otros
VENTOSA
Modalidad mediante el cual el victimario realiza un agujero u orificio por donde ingresa a un inmueble y se apodera de los elementos que se encuentran en el interior
VIOLACION DE CERRADURAS
Practica en donde el victimario mediante la utilización de objetos (palancas) rompe o violenta cerraduras con el fin de sustraer los elementos que se encuentren en el interior
SECUESTRO
Secuestro simple
Modalidades:
- familiar, político, selectivo, colectivo, express o paseo millonario, virtual, bienes o aeronaves
Secuestro estorsivo
- Cunado se encuentra una persona en cautiverio y se realiza exigencia de dinero
- Cuando se tiene una persona retenida y se hace exigencia de dinero
Modalidades de extorsion
- Tío o Tía
- carcelarias
- Intimida
- devolución de bienes
- CiberExtorsion
- Extorsión GAO
- Extorsión GDO
. Delincuencia comun
HOMICIDIO
- Genocido (art. 101 Código penal)
- Homicidio (art. 103 Código penal)
- Homicidio agravado (art. 104 Código penal)
- Homicidio preterintencional (art. 105 Código penal)
- Homicidio por piedad (art. 106 Código penal)
- Inducción o ayuda al suicidio (art. 107 Código penal)
- Muerte de hijo fruto de acceso carnal, violento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de ovulo fecundado no consentidas (art. 108 Código penal)
- Homicidio culposo (art. 109 Código penal)
- Homicidio en persona protegida con ocasión o en desarrollo del conflicto armado (art. 135 Código penal)
Tentativa de homicidio
Es la realización de actos idóneos e inequívocamente dirigidos a la consumación de un homicidio, pero este no se produce cuando se ejecuta la conducta dolosa, por circunstancias ajenas a la voluntad del victimario (art. 27 Código penal)
Maneras o formas de muerte
- Homicidio intencional o con dolo
- Homicidio preterintencional
- Homicidio accidental o con culpa
- Muerte natural
- Suicidio
- Muertes en procedimientos
- Por determinar
- En legitima defensa
- Extraterritorialidad
Generadores de asfixia
- Asfixia mecánica por ahorcamiento
- Asfixia mecánica por estrangulación
- Asfixia mecánica por sofocación
- Asfixia mecánica por inhalación
- Desmembramiento
- Empalada
- Degollamiento y decapitación
Unidad 6
A denunciar - denuncias virtuales
Es una herramienta tecnológica diseñada por la Policía Nacional y la fiscalía general de la nacion, tiene como propósito contribuir al fortalecimiento al acceso de administración de justicia,
Que delitos se pueden denunciar:
1 fase (26/07/2017)
- Delitos informáticos, material con contenido de explotación sexual infantil y extorsión
2 fase (04/12/2018)
- falsedad en documentos y espía
- Hurto en sus diferentes modalidades
- Plan nacional de desarrollo 2014 - 2018
- Marco estratégico institucional - PONAL
- Plan estratégico 2016 - 2020 de la fiscalía general de la nacion
- Plan de acción PONAL y fiscalía general de la nacion
Beneficios de denunciar virtualmente
- Permite instaurar una denuncia sin la necesidad de desplazarse a un punto de recepción de denuncias de la fiscalía general de la nacion
- Disminuye un tiempo promedio de 40 minutos el procedimiento para interponer una denuncia
- No se incurre en gastos de transporte ni en aquellos adicionales necesarios para desplazarse de un lugar a otro
- Facilita interponer una denuncia desde cualquier computador o dispositivo móvil con acceso a internet
- Simplifica o automatiza los tramites y gestiones al interior de y entre las instituciones
- Contribuye al fortalecimiento y eficiencia de los procesos de investigación y judicialización.
El procedimiento de la denuncia consta de tres pasos
1- Ciudadanía registra la información
2- Policía judicial verifica el incidente durante las siguientes 24 horas
3- Comunicación con el ciudadano
Puntos de control
- Técnico
- Humano
- Judicial
Topic principal
Antecedentes históricos en Colombia
Inicio - según el centro de documentación de mecanismo alternativos para la solución de conflictos, los modelos alternativos para la solución de conflictos (MASC), inician de manera gradual en nuestro país a partir de la mitad del siglo XX.
1948 - El antecedente mas reconocido se encuentra en el código de procedimiento laboral de 1948, como modelo de solución de conflictos individuales; no obstante, no tuvo gran acogida en ese momento.
1987 - Se empezó a hablar de la conciliación en otros términos, al ser entendido como uno de los instrumentos destinados por el estado para contribuir a descongestionar los despachos judiciales.
1991 - Entro en vigencia la ley 23, en la cual la conciliación en equidad es la gran innovación, la figura se asimilo a la idea de un auxiliar de justicia que coadyuvara a vastos sectores de la población a recurrir a la administración de la justicia, en la constitución política de 1991 quedaron algunos MASC incluidos de manera explicita e implícita.
Unidad 4
Modelos alternativos para la
solución de conflictos
- Ley 23 de 1991 - promueve la descongestion a despachos judiciales
- Ley 270 de 1996 - ley estatutaria de acceso a la justicia
- Ley 446 de 1998 - Versa sobre el acceso a la justicia
- Decreto 1818 de 1998 - Estatuto de MASC
- Ley 447 de 1999 - Principios de la justicia de paz
- Ley 640 del 2001 - Estatuto general de conciliación
Ley 1563 del 2012 - Estatuto de arbitraje nacional e internacional
Código civil Colombiano - articulo 2469 sobre transacción
Constitución política - en su articulo 116 sobre arbitraje y conciliación y en el articulo 247 sobre jueces de paz
Centros de conciliación
Quienes están autorizados para crear centros de conciliación según el decreto 1829 del 2013 son:
- Las personas jurídicas sin animo de lucro
- Las entidades publicas
- Los consultorios jurídicos de las facultades de derecho
La conciliación: es un mecanismo de solución de conflictos mediante el cual dos o mas personas envueltas en una controversia gestionan autónomamente la solución de la misma, con la intervención de un tercero calificado imparcial, neutral e independiente, denominado conciliador.
Fines de la conciliación:
- Garantizar el acceso a la justicia
- Estimular la convivencia pacifica
- Facilitar la solución de los conflictos
- Descongestionar los despachos judiciales
Clases de conciliación según sentencia C-902/08:
- Extrajudicial
- En derecho
- En equidad
Quien puede ser conciliador - ley 640 del 2001
- Abogados titulados, salvo cuando se trate de conciliadores de centros de conciliación de consultorios jurídicos de las facultades de derecho, personeros municipales y notarios que sean abogados titulados
- Todos los abogados en el ejercicio que acrediten la capacitación en mecanismos alternativos de solución de conflictos avalada por el ministerio de justicia y del derecho
- Los estudiantes del ultimo año de psicología, trabajo social, psicopedagogía y comunicación social podrán hacer sus practicas en centros de conciliación
- Los abogados en ejercicio que se escriban ante los centros de conciliación estarán sujetos a su control y vigilancia y a las obligaciones que el reglamento del centro les establezca.
Cualidades del conciliador
- Imparcialidad
- Neutralidad
- Independencia e autonomía
Obligaciones del conciliador
- Citar a las partes de conformidad a lo dispuesto en esta ley
- Hacer concurrir a quienes. en su criterio deban asistir a la audiencia
- Lustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance y limites de la conciliación
- Motivar a las partes para que se presenten formulas de arreglo con base a los hechos tratados en la audiencia
- Formular propuestas de arreglo
- Levantar el acta de audiencia de conciliación
- Registrar el acta de audiencia de conciliación de conformidad con lo previsto en esta ley
Modelos alternativos
ARBITRAJE articulo 1 de la ley 1563 del 2012
Principios y reglas:
- idoneidad, celeridad, igualdad, imparcialidad, oralidad, Publicidad y contradicción.
La decisión que profiere el arbitraje se denomina LAUDO ARBITRAL el auto puede ser en derecho, equidad y técnico
AMIGABLE COMPOSICION articulo 59 de la ley 1563 del 2012
- mecanismo alternativo para la solución de conflictos
- Amigable componedor
JUECES DE PAZ : el papel de los jueces de paz se encuentra respaldado en la constitución política de 1991 articulo 247, mediante el cual se estable que la ley podrá crear jueces de paz encargados de resolver en equidad conflictos individuales y comunitarios.
Asuntos en materia penal
Asuntos no conciliables
Asuntos conciliables
Unidad 3
Interpretación del lenguaje
del denunciante
Lenguaje verbal o no verbal
Clasificación del lenguaje verbal o no verbal
Desarrollo de la entrevista
Etapa 1 orientación o inicio
Etapa 2 Narración
Etapa 3 Seguimiento
Etapa 4 Conclusión o cierre
aptitudes de pueden adoptar
los denunciantes
- El que no acepta explicaciones sobre procedimiento
- El que no se sabe dar a entender
- El Grosero
- El Iletrado
- El Histérico
- El que se cree abogado
- El que tiene miedo
- El q sigue las instrucciones
- El que habla sin control
Entrevista
- Entrevista estructurada
- Entrevista no estructurada
- Entrevista semiestructurada o mixta
Unidad 2
Atención al usuario
Competencias del servidor
- Deseos de servir al usuario
- Contribuir al desarrollo de la institución
- anteponerse a intereses particulares
- Vocación del servicio:
Tolerancia, Empatía, Experticia, Comunicación y gestión del tiempo
Atributos del servicio
- Confiable
- Amable
- Digno
- Efectivo
- Oportuno
- Adaptable
- Pertinenete
Aspectos éticos
La ética del receptor debe estar sustentada en el seguimiento de las normas que cobijan la labor y de los lineamientos institucionales, en la confiabilidad y calidad de la información suministrada por el usuario, en el ser imparcial y asumir con responsabilidad su labor.
Fundamentos
- Usuario
- Victima
- Proceso de atención a victimas y usuarios
- Canales de asceso
Marco normativo
- Marco normativo general
- Marco normativo al interior de la fiscalía
general de la noción y la policía nacional
- Documentos institucionales
Unidad 1
Marco jurídico
Guía de recepción de denuncias
- Normatividad
- Cuestionario
- Agravantes
- Lista de chequeo de agravantes
Tipos de delitos
- Contra la vida y la integridad personal
- Contra la libertad individual
- Contra la familia
- Contra el patrimonio económico
- Informáticos
- Contra la fe publica
- Otros recurrentes
Normatividad
- constitución política
- Código penal
- Código de procedimiento penal
- Sentencias de la corte constitucional
Conceptos basicos
- Denuncia
- Querella
- Petición especial
Victimas
- Deberes
- Derechos
Denuncias
- Excepciones de la ley
- Deber de denunciar