El sistema probatorio en el derecho procesal se fundamenta en la admisibilidad y valoración de los medios de prueba para establecer los hechos en un juicio. Existen varios sistemas de prueba, como el de libertad absoluta o prueba libre, y el de prueba legal, que pueden incluir la sana crítica o persuasión racional.
Nombre: Hermes Roa C.I: 24.168.119 sección: saia H
Es indiscutible el carácter imperativo utilizado para definir al destinatario de la carga de la prueba, en los artículos 1.354 del Código Civil y 506 del CPC, donde a los fines del interés público y de la seguridad de las partes, la prueba de las obligaciones o de su extinción se erige en un deber jurídico relativo.
SI NO SE PRUEBA NO SE LOGRA LA CONVICCIÓN EN EL JUEZ SOBRE LO ALEGADO. EL RESULTADO QUE OBTENDRÁ SERÁ NEGATIVO. LA CARGA SE VA A INCLINAR ENTONCES HACIA LA CONTRAPARTE.
Naturaleza jurídica de la prueba.
DIRIGIDO AL PROCESO, ES LO QUE SE DEBE HACER PARA DARLE IMPULSO. PODER, FACULTAD O POTESTAD del que se encuentra envestido el sujeto procesal (accionante o accionado) de realizar actos procesales o adoptar determinadas conductas en el proceso,
Carga procesal.
En el Art. 11 del CPC sí bien estipula el principio dispositivo, no es menos cierto que el juez puede dictar alguna providencia legal por autorización de la ley o en resguardo al orden público y a las buenas costumbres, aun sin haberlo solicitado las partes.
En el Art. 12 ejusdem, se encuentran presentes varios principios procesales: a)El dispositivo. B)El de veracidad. C)El de legalidad. D)El de presentación.
Poderes del Juez en materia probatoria:
Dentro de este sistema tenemos:
a.) Sistema de prueba libre o de libre apreciación. B) Sistema de la prueba legal en sentido estricto. C) Sistema de la Sana Critica o Persuasión Racional. D) Sistema adoptado por el Legislador Patrio.
SISTEMA EN CUANTO A LA VALORACIÓN DE LOS MEDIOS PROBATORIOS:
Se trata de la admisibilidad de los medios de prueba o de fijar cuales son los medios que son permitidos para probar los hechos. Sobre este aspecto, dos son básicamente, los sistemas que comenta la doctrina, estos son: a)Sistema libre, de libertad absoluta o de prueba libre b)Sistema de la prueba legal en sentido amplio o fijación por la ley.
SISTEMA DE LA FIJACIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA Y SISTEMA DE LA LIBERTAD DE PRUEBA: