Sistemas Presidencial, Parlamentario y Semi presidencialista.
Sistema Parlamentario
PODERES
Senadores
Legisladores
El parlamentarismo orleanista
Monarquia Limitada
Se refiere al tipo de régimen de Estado donde la formación del gobierno está cimentada en una asamblea o sistema de asambleas en cuya base hay un principio representativo que determina los criterios de su composición y su permanencia depende del consentimiento de la mayoría parlamentaria.
Usa conceptos democráticos del poder de decisión del pueblo, no representado, sino votando
directamente con el objeto de transferir al pueblo en voto directo la decisión en caso de conflicto entre el Parlamento y Gobierno.
Aplica las ideas aristocráticas para un cuerpo representativo y, en algunos Estados, también en el
sistema bicameral.
Fortalece al Ejecutivo (Gobierno) y lo contrapesa con el Parlamento, utilizando construcciones
monárquicas
Tiene como fin principal regular
las funciones parlamentarias dentro del Parlamento; es decir, actúan como señalamientos que permiten al legislador (parlamentario) saber qué debe hacer o dejar de hacer. Se convierten de este modo, en una guía sobre los derechos y
obligaciones que tiene los legisladores.
Sistema Semipresidencial
las principales formas de gobierno democrático son el presidencialismo, parlamentarismo y semipresidencialismo
sistema mixto cuyas particularidades favorecen la democracia, así como la estabilidad y eficiencia del sistema político
el régimen semipresidencial tiene la ventaja de que conserva un elemento de estabilidad en la figura del presidente de la república quien funge como jefe de estado. Además permite ejercer un control político sobre el gobierno e integrar los poderes del ejecutivo y la mayoría parlamentaria.
el presidente es electo por sufragio universal.
el poder ejecutivo se divide en presidente de la república o jefe de estado, electo de manera directa, y un primer ministro o jefe de gobierno, nombrado por el parlamento
el presidente de la república propone al gabinete y el parlamento lo debe aprobar o rechazar en un plazo determinadoc
Principios
A mediados del siglo xx surgió un tercer modelo que combinó principios de organización del poder tanto del sistema presidencial como del parlamentario. Se trata del diseño institucional de la quinta república francesa, fundada en 1958. Desde el punto de vista constitucional el sistema francés no es ni presidencial ni parlamentario, sino un sistema mixto.
Un sistema de gobierno democrático, que centra como su finalidad primordial, precisamente la mayor estabilidad democrática del mismo, es un sistema mixto de semi-presidencialismo, con una elección directa del presidente de la república, la potestad de la elección del consejo de ministros y el sometimiento a una evaluación política por parte del parlamento.
Sistema Presidencialista
Etapas
la del caudillismo, la
del despotismo, la del liderazgo republicano, la de la dictadura y la del presidencialismo constituciona
PRINCIPIOS
EI sistema presidencial, desde su origen encarnado en la estructura de poder de los Estados Unidos de America, se inspira en el modelo ingles, del cual conserva
algunos elementos fundamentales y modifica otros.
Forma de gobierno en la que, constituida una
República la Constitución establece una división de poderes entre el poder Ejecutivo, el poder Legislativo, poder Judicial, y el Jefe de Estado.
Poder judicial
Jueces de la Corte Suprema
Puede rechazar
leyes ya aprobadas por el Congreso y firmadas por el
Presidente si considera que son inconstitucionales
Poder Legislativo
Senado de la nación
El Senado aprueba o rechaza los tratados internacionales
que ha negociado el Presidente.
En caso de juício político contra el Presidente o algún
miembro de la Corte Suprema, el pleno del Senado realiza
el juício y actúa en calidad de jurado.
Poder Ejecutivo
PRESIDENTE
Tiene la facultad de iniciativa, es decir, puede proponer
proyectos de ley para que sean sometidos a discusión y, en
su caso, aprobación en el Congreso.
Tiene la libertad para proponer a todos los integrantes de
su gabinete.
Tiene la facultad de nombrar y remover de su cargo a los titulares de los distintos Departamentos y Agencias gubernamentales.