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por Diana Lopez 4 anos atrás

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ACCIÓN DE TUTELA

En Colombia, la acción de tutela es un mecanismo constitucional consagrado en el artículo 86 de la Constitución Política y regulado por el Decreto 2591 de 1991. Permite a cualquier persona, ya sea directamente o a través de un representante judicial, defensor del pueblo o personero, solicitar protección cuando sus derechos fundamentales están vulnerados o amenazados.

ACCIÓN DE TUTELA

ACCIÓN DE TUTELA

ARTICULO 86 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

Decreto 2591 de 1991
¿Caben recursos contra el fallo de tutela?

El derecho a impugnar el fallo es una de las formas propias del proceso de tutela consagradas en la Constitución, a la vez que es una figura que cristaliza el derecho a la defensa y el principio de las dos instancias. ... Frente al auto que niega la impugnación de un fallo de tutela no procede ningún recurso

¿Quien puede interponer la accion de tutela?

La persona que considere que sus derechos fundamentales se encuentran vulnerados o amenazados y/o por intermedio de apoderado judicial y el defensor del pueblo y el personero

¿Ante quien se puede presentar la acción de tutela?

Ante cualquier juez que tenga jurisdicción en el lugar de los hechos que causan la amenaza o la vulneración del derecho

Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad publica del orden nacional salvo lo dispuesto en el siguiente inciso, serán repartidas para su conocimiento en primera instancias. A los tribunales superiores de distrito judicial administrativo y concejos seccionales de la judicatura.

1. A los jueces de circuito o con categoría de tales, le serán repartidas para su conocimiento en primera instancia, las acciones de tutela. Que se interpongan contra cualquier organismo o entidad del sector descentralizado por servicios del orden nacional o autoridad publica orden departamental 2. A los jueces municipales les serna repartidas para su conocimiento en primera instancia, las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad publica del orden distrital o municipal y contra particulares. 3. Cuando el acción de tutela se promueva contra mas de un funcionario o corporación judicial. Le sera repartida al respectivo superior funcional del accionado si se dirige contra la fiscalía general de la nación. Se repartirá al superior funcional del juez al que esta adscrito el fiscal

¿Como de debe de presentar la acción de tutela?

La accion de tutela se puede presentar tanto de forma virtual como escrita

Puede presentarse en nombre propio o en nombre de la persona perjudicada

No es necesario recurrir a abogado para presentar la acción

La tutela puede presentarse virtualmente en los siguientes casos: .Cuando no sabe escribir .Cuando sea menor de edad .Cuando exista urgencia de protección

¿Cuando no prosede la accion de tutela?

A: Cuando existen otros recursos o medios de defensa judicial. B: Cuando se busca proteger un derecho colectivo, excepto que sea como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable o cuando se presenta conexidad entre el derecho colectivo y uno fundamental del demandante. C: Cuando sea evidente que la violación del derecho origino un daño consumado salvo que esta continué D: Cuando se interpone contra providencias judiciales no procede por regla general pero si excepcionalmente, cuando estas constituyan una via de hecho

¿Cuando procede?

1. Cuando resultan vulnerados o amenazados los derechos constitucionales fundamentales, aún aquellos que no se encuentren textualmente consagrados en la constitución. 2. Cuando no halla ningún otro medio que pueda proteger el derecho. 3. Cuando por acción u omisión de un particular en el caso, que este preste un servicio publico o cumpla funciones publicas. 4. Cuando el actor se encuentre en situación de indefensión o subordinación respecto del particular contra quien se interponga la acción de tutela

¿Que es?

La acción de tutela, es un mecanismo que tiene por objeto la protección de los derechos constitucionales fundamentales. Aun aquellos que no se encuentren consagrados en la constitución, cuando estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad publica

Cap 5° Art 52-Art 55 sanciones

ART 54:Enseñanza de la tutela. En las instituciones de educación se estudiara la accione de tutela, de conformidad con lo establecido en el articulo 41 de la constitución

Cap 4° la tutela y el defensor del pueblo Art 46-Art 51
Cap 3° tutela contra los particulares Art 42-Art 45
Cap 2° competencia
Cap 1° disposiciones generales y procedimientos del 1-Articulo 36

ATodos los días y horas son hábiles para interponer la acción de tutela B:La accion de tutela garantiza los derechos constituciones fundamentales

Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar a los jueces en todo momento y lugar. Mediante de un procedimiento preferente y sumario, por si misma o por quien actué a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier actividad pública