SUMINISTROS DE ROPA
ASEO
RECURSOS DE LA INSTITUCIÓN.
NUTRICIÓN ENTERAL
NUTRICIÓN PARENTERAL
ESTANCIA+ MATERIALES ART. 40
PARÁGRAFO 3: Adicional a la tarifa de la estancia, durante los días que al paciente se le realicen curaciones, como parte del tratamiento de su complicación, por concepto de materiales se reconocerá diariamente la suma de : 32,400
a. Pacientes que en el postoperatorio se complican con fascitis necrosante, fístulas, osteomielitis y abscesos de pared abdominal, o se les realice curación en abdomen abierto
b. Pacientes con quemaduras o heridas traumáticas que presenten pérdida de sustancias
c. Pacientes con escaras de decúbito, úlceras isquémicas o gangrena gaseosa
MATERIAL DE CURACION
Alimentación adecuada al estado del paciente
ENFERMERA-AUXILIAR
MEDICO GENERAL
ART. 40
SERVICIOS PÚBLICOS.
DOTACIÓN
PARÁGRAFO 1: Se entiende como dotación básica de elementos de enfermería, aquella utilizada por este personal, durante la realización de actividades relacionadas con control de signos vitales, valoración de talla y peso, administración de medicamentos por vía tópica y oral, así como los elementos de protección personal necesarios para el manejo de pacientes aislados o de cuidado especial.
CAPÍTULO V
ARTÍCULO 45: La estancia en la Unidad de Quemados, comprende además de los servicios básicos, la atención médica especializada en el manejo de este tipo de pacientes, personal de enfermería y nutrición capacitado en esta disciplina y la utilización de los equipos médicos especializados.
ARTÍCULO 43-44:
La estancia en UCI Y Cuidados intermedios (exceptos ventilación mecánica), comprende además de los servicios básicos, la atención médica de especialista en cuidado intensivo, de personal paramédico, la utilización de los equipos de: Monitoría cardioscópica y de presión, ventilación mecánica, de presión y volúmen, desfibrilación, cardioversión, y la práctica de los electrocardiogramas, electroencefalogramas y gasimetrías que se requieran.
ART. 42
La estancia en la Unidad de Trasplante, comprende además de los servicios básicos, la utilización de equipos de monitoría, ventilación, desfibrilación y adicionales requeridos
LA ATENCON AL PACIENTE CRÓNICO SOMANTICO , REQUIERE MEDICO GENERAL Y ESPECIALISTA ADICIONAL LO QUE SE ENCUENTRA EN EL ART. 40.
MEDICO GENERAL Y ESPECIALISTA
Subtopic
SERVICIOS INCLUIDOS
SERVICIOS INTRAHOSPITALARIOS Y AMBULATORIOS ESTANCIAS, SERVICIOS PROFESIONALES, DERECHOS DE SALA, MATERIALES, SUMINISTROS Y EQUIPOS
ART.40
PARAGRAFO 1: se excluyen, los elementos y materiales utilizados en la administración de medicamentos por vía parenteral y la realización de limpieza y curación de heridas.
ART. 45
PARÁGRAFO: Los materiales de curación, utilizados en la Unidad de Quemados están excluídos de la tarifa de la estancia y se reconocerán hasta por el precio comercial de catálogo para la venta al público fijado por la autoridad competente.
ART. 44
ARTÍCULO 44: La estancia en la Unidad de Cuidado Intermedio, comprende los mismos servicios esblecidos para la Unidad de Cuidado Intensivo, con excepción de la asistencia ventilatoria.
SERVICIOS EXCLUIDOS