por Nora Isela Mora Soto 4 anos atrás
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Así, la teoría tridimensional del derecho atiende a una tridimensionalidad concreta y sostiene que el fenómeno jurídico se compone de un hecho subyacente, sea económico, político o social; un valor que sirve para conferir un determinado significado al hecho y que determina la acción para alcanzar o preservar un objetivo, así como una norma que integra al hecho y al valor (Reale, 1989).
DERECHO SOCIAL
El derecho social es el conjunto de leyes, disposiciones y normas que establecen y diferencian los principios y las medidas de protección de las personas, grupos y sectores de la sociedad económicamente débiles.
Se clasifica en:
Derecho de Familia (familiar): regula las relaciones de familia.
Derecho del Trabajo (laboral): conjunto de normas jurídicas destinadas a regular las relaciones entre los obreros y patrones.
Derecho Agrario: regula todas aquellas relaciones jurídicas derivadas del campo.
DERECHO PRIVADO
Lo componen todas aquellas normas jurídicas que regulan las relaciones de los Individuos en su carácter particular, establece pues, las situaciones jurídicas de los particulares y sus relaciones recíprocas.
El Derecho privado se subdivide en las siguientes ramas:
Derecho Internacional Privado: conjunto de normas jurídicas que rigen a los individuos nacionales cuando se encuentran en otro Estado
Derecho Mercantil: conjunto de normas jurídicas que regulan los actos de comercio y a los comerciantes en el ejercicio de sus actividades.
Derecho Civil: establece las relaciones privadas de las personas entre sí. Regula las relaciones de la protección de los intereses particulares.
DERECHO PUBLICO
Conjunto de normas que regulan la actividad del Estado en el ejercicio de sus funciones soberanas y en sus relaciones con los particulares en su calidad de poder público. Se caracteriza por la especial situación de privilegio o poder del Estado frente a los ciudadanos.
Se subdivide en las siguientes ramas
Derecho Internacional Público: conjunto de reglas jurídicas que fijan los derechos y los deberes de los Estados entre sí.
Derecho Procesal: es el conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos que deben seguirse para hacer posible la aplicación del Derecho.
Derecho Penal: comprende el conjunto de normas jurídicas que establecen los delitos, así como la sanción correspondiente.
Derecho Constitucional: regula la estructura de la administración pública, así como el funcionamiento de los órganos políticos supremos; establece también, la situación del ciudadano frente al Estado; además señala la forma de gobierno.
Derecho Administrativo: conjunto de reglas que regulan los servicios públicos, o bien es el conjunto de normas que regulan la organización y funciones del Poder Ejecutivo.
NORMAS JURIDICAS
Rigen el comportamiento civil y ciudadano de las personas. Suelen ser dictadas por las instituciones que erige la sociedad y su incumplimiento puede acarrear sanciones administrativas (multas) o penales (cárcel).
NORMAS RELIGIOSAS
Están integradas por el conjunto de normas manifestadas al hombre por Dios. Son preceptos obligatorios que regulan la conducta del hombre en relación con la divinidad, emanan directamente de Dios o de sus representantes en la Tierra, cuyo cumplimiento está impuesto por la fé.
NORMAS SOCIALES
Son reglas creadas por la sociedad y cuyo incumplimiento trae el rechazo por parte del grupo social. Estas Responden también a la denominación de usos sociales, reglas de trato externo o la de los convencionalismos sociales.
NORMAS MORALES
Son las que el ser humano realiza en forma consciente, libre y responsable con el propósito de hacer el bien, son propias del ser humano y su sanción, en caso de incumplimiento, hemos de responder a nosotros mismos y la sanción o castigo es el remordimiento de conciencia.