El Consejo Técnico Consultivo es un órgano honorífico dedicado a la asesoría y consulta en temas de administración, dirección y operación de registros. Su principal función es emitir, analizar, opinar y proponer recomendaciones sobre la aplicación y cumplimiento de la ley correspondiente.
No haber sido registrado como candidato de algún partido político a cargo de elección popular en los 3 años anteriores a la designación.
Ser ciudadano mexicano, en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
Acreditar un mínimo de 5 años de experiencia como miembro o directivo.
No haber sido servidor público de cualquier nivel u orden de gobierno durante el año inmediato anterior al día de su postulación al Consejo.
No desempeñar ni haber desempeñado, cargo de dirección en algún partido político o asociación religiosa en los 5 años inmediatos anteriores a la designación.
¿Qué es?
Es un órgano de asesoría y consulta, de carácter honorífico, que tendrá por objeto proponer, opinar y emitir recomendaciones respecto de la administración, dirección y operación del Registro
Actividades que realiza
Emite recomendaciones para la determinación de infracciones y su correspondiente sanción.
Analiza las políticas del Estado Mexicano relacionadas con el fomento a las actividades señaladas en el artículo 5 de esta ley.
Aplica el Manual de Operación conforme al que regulara su organización y funcionamiento.
Integra las comisiones y grupos de trabajo que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Impulsa la participación ciudadana y de las organizaciones en el seguimiento, operación y evaluación de las políticas del Estado mexicano.
Objetivos
Proponer las recomendaciones respecto de la aplicación y cumplimiento de esta ley
Analizar las recomendaciones respecto de la aplicación y cumplimiento de esta ley
Emitir las recomendaciones respecto de la aplicación y cumplimiento de esta ley
Opinar sobre las recomendaciones respecto de la aplicación y cumplimiento de esta ley