por Karina Moreno 3 anos atrás
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Acceso ciudadano a los documentos, derecho que tiene toda persona de consultar documentos que reposen en las oficinas públicas.
Dar a conocer los actos públicos actos gubernamentales y administrativos que la opinión deba conocer para informarse sobre el manejo de los asuntos públicos
Los partidos y movimientos políticos que no participen en el Gobierno podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste y plantear y desarrollar alternativas políticas. Para estos efectos, salvo las restricciones legales, se les garantizan los siguientes derechos: de acceso a la información y a la documentación oficial.
Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley.
El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y Difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
Para las solicitudes de usuarios externos, se dará respuesta de la siguiente manera: derecho de petición de solicitud de información 10 días, derecho de petición de interés general o particular 15 días y el derecho de petición de concepto 30 días.
Para las solicitudes de los usuarios internos, la respuesta se dará dentro de los siguientes 3 días hábiles, a excepción de los documentos que no son de fácil ubicación.
El tiempo máximo de préstamo de expedientes es de 15 días hábiles.
Los expedientes deben ser devueltos en perfecto estado de conservación y con sus folios completos. Todo funcionario que tenga documentos prestados por el Archivo Central, debe retornarlos dentro del plazo establecido, y en todo caso, a más tardar el día hábil anterior a la iniciación de una de las siguientes novedades de personal: Retiro del Servicio, Licencia,
CONSULTA
acceso a un documento o grupo de documentos con el fin de conocer la información que contiene.