Categorias: Todos - demanda - resolución - pruebas - sesión

por karla daniela cabrera gonzalez 1 ano atrás

77

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL

En un proceso de controversia constitucional, inicialmente se presenta una demanda ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La demanda es recibida por la oficialía de partes común y posteriormente entregada al presidente de la SCJN, quien designa a un ministro instructor para manejar el proceso de resolución.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL

Add text

Se admite demanda

Presentación de demanda ante SCJN (tiene 30 días naturales)

Se entrega a la oficialía de partes común, para que después reciba el presidente de la SCJN

presidente designa a un ministro instructor a fin de poner proceso de resolución
PREVIENE

Se tiene que notificar al día siguiente hábil

subsanar y aclarar irregularidades que tenga

Si no se cumple la prevención puede desecharla

DESECHA

Se desecha por ser improcedente

Se da fin si no hay recurso de reclamación

Se delega a presidente para delegar otro ministro instructor

ADMITE

admitida se emplaza al demandado y las demás partes en un plazo de 30 días naturales

Agregar texto

se contesta

1 Se señala día y hora para ofrecimiento, admisión, alegatos y desahogo de medio de pruebas

2 Se lleva a cabo audiencia de ofrecimiento, admisión, alegatos y desahogo de pruebas

Reconvencion

Admitir

se emplaza al demandado

Se conteste o no, se señala día y hora para ofrecimiento, admisión, alegatos y desahogo de pruebas

Desahogada la audiencia ministro instructor elabora proyecto de resolución

Ministro presidente agenda para sesión de pleno

Se presenta con copia a ministros en presidencia SCJN

Analiza, hace sesión y bota

Invalidez

Si no llega a recurso de queja

Se informa

que no se informe

se le da prorroga

se archiva y da fin

No da cumplimiento

Prorroga

Tiene lapso de 48 hrs para informar cumplimiento

Presidente designa ministro instructor

Elabora proyecto de resolución

Se presenta a presidencia a SCJN

SCJN agenda sesión a pleno

Se sesiona

se declara separacion de funcionario que no cumplio para condenarlo

Una vez que se resuelve y vencido plazo, da cumplimiento a sentencia

Se notifica a las partes, demandante, demandado, 3er interesado y fiscal de la republica

Validez

Demandante amplia demanda

Resumen

Summary

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL