por Laura Sofia Cortes Niño 7 meses atrás
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1. Elaboración por parte de las entidades: El decreto establece que las entidades del sector público deben preparar sus proyectos de presupuesto de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
2. Directrices del Departamento Nacional de Planeación: El DNP emite directrices para la elaboración del presupuesto, que incluyen orientaciones sobre la estimación de ingresos, la asignación de recursos y los criterios de priorización del gasto.
3. Criterios de priorización del gasto: Se establecen criterios para priorizar el gasto en áreas como educación, salud, infraestructura, seguridad, entre otros, de acuerdo con las políticas y objetivos del Gobierno.
4. Evaluación de programas y proyectos: Las entidades deben evaluar la eficiencia y efectividad de los programas y proyectos existentes para determinar su continuidad y asignación de recursos en el próximo presupuesto.
5. Participación ciudadana: Se promueve la participación de la ciudadanía en el proceso de elaboración del presupuesto, permitiendo la presentación de propuestas y sugerencias por parte de la sociedad civil.
6. Consolidación del proyecto de presupuesto: Una vez que las entidades han preparado sus proyectos de presupuesto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público consolida esta información para presentar el proyecto de Presupuesto General de la Nación al Congreso.
1. Proceso de elaboración: Se establecen los procedimientos y plazos para la preparación del presupuesto, incluyendo la formulación de los proyectos de presupuesto por parte de las entidades gubernamentales.
2. Aprobación: Se definen los mecanismos y trámites para la aprobación del Presupuesto de Gastos por parte del Congreso o la autoridad legislativa correspondiente.
3. Asignaciones específicas: Se detallan las asignaciones específicas de gasto para cada entidad y programa gubernamental, especificando los montos asignados y los objetivos a alcanzar.
4. Criterios de priorización: Se establecen los criterios y criterios para priorizar el gasto público en áreas prioritarias, como educación, salud, seguridad, entre otros.
5. Control y seguimiento: Se definen los mecanismos de control y seguimiento del gasto público, incluyendo la rendición de cuentas por parte de las entidades gubernamentales y la evaluación del cumplimiento de los objetivos presupuestarios.
1. Elaboración del presupuesto: incluyen la metodología para estimar los ingresos y gastos, así como la asignación de recursos a los diferentes programas y proyectos gubernamentales.
2. Participación ciudadana: Se promueve la participación de la ciudadanía en el proceso de elaboración del presupuesto, permitiendo la presentación de propuestas y sugerencias por parte de la sociedad civil.
3. Ejecución del presupuesto: Se establecen los procedimientos y mecanismos para la ejecución del presupuesto, incluyendo la autorización de gastos, la contratación pública y la rendición de cuentas por parte de las entidades gubernamentales.
4. Seguimiento y control: Se definen los criterios e indicadores para el seguimiento y evaluación del presupuesto
5. Transparencia y rendición de cuentas: El decreto establece normas para garantizar la transparencia en la gestión presupuestaria, incluyendo la publicación de información financiera y la rendición de cuentas por parte de las autoridades responsables.
6. Ajustes presupuestarios: Se contemplan los procedimientos para realizar ajustes al presupuesto en caso de ser necesario
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