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por Michael Perez 1 ano atrás

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Grupos de Atención Prioritaria: Adultos Mayores

Las personas adultas mayores forman parte de los grupos de atención prioritaria que requieren cuidados especiales tanto en el ámbito público como privado. Este grupo incluye también a niños, adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y aquellos con enfermedades graves.

Grupos de Atención Prioritaria: Adultos Mayores

Grupos de Atención Prioritaria: Adultos Mayores

Reconocer la acción o proceso técnico juridico

Noramtiva sustantiva y adjetiva
Ordenanza Metropolitana No. 188

Implementa y regula el Sistema de Protección Integral, para garantizar los derechos humanos, individuales y colectivos, especialmente, de los grupos de atención prioritaria y de aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad.

• El programa 60 y piquito: espacio de articulación y encuentro.

• Centros del Adulto Mayor (CEAM): espacios de integración y encuentro de la PAM.

• Hogar de vida: atención directa a PAM que se encuentra en situación de indigencia y abandono.

Plan de Ordenamiento Territorrial 2015-2025.

COOTAD

Sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales

COIP

Contiene disposiciones específicas en relación con las personas adultas mayores, especialmente en cuanto a la edad como circunstancia atenuante de las penas privativas de libertad, así como las medidas sustitutivas para estas personas

Ley Orgánica de Seguridad Social

Aborda el tema de las prestaciones de vejez, cuyo objetivo es cubrir las necesidades básicas del asegurado y las personas a su cargo, cuando su competencia para el trabajo se encuentra disminuida por envejecimiento.

Constitución de la República del Ecuador

Establece derechos y garantías constitucionales para su efectivización

Ley del Anciano

Garantiza el derecho a un nivel de vida que asegure salud corporal y psicológica, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica, atención geriátrica y gerontológica integral y los servicios sociales necesarios para una existencia útil y decorosa.

Desde el aspecto administrativo, existe en los municipios una agenda de Protección de Derechos para la respectiva protección de los mismos de los grupos de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad. Debido a que se evidencia las brechas de desigualdad y plantea algunas directrices y acciones afirmativas para que los organismos rectores de las políticas públicas implementen las acciones necesarias para reducir tales brechas y promover la igualdad y no discriminación de este grupo poblacional.

Identificar el problema

Existe una permanente discriminación, cada vez más violenta, hacia este grupo poblacional, dentro del que se evidencia una mayor vulnerabilidad de las personas adultas mayores que viven en las zonas rurales, que en muchos casos sufren alguna discapacidad.
El envejecimiento de la población y el individual comparten la siguiente paradoja: las personas quieren y pueden vivir más años, pero la ancianidad no es una condición precisamente anhelada por la mayoría de las personas. En el plano colectivo, reducir la mortalidad, la fecundidad y aumentar la esperanza de vida son logros asociados a un mayor desarrollo económico y social, pero combinados generan efectos no siempre favorables.
El envejecimiento de la población es uno de los fenómenos demográficos más importantes de este nuevo siglo, pues implica profundas modificaciones en las estructuras sociales, económicas y culturales de nuestros países. Esto implica un reto a la hora de enfrentar los cambios que se deben dar en las políticas públicas con el objetivo de prevenir problemas derivados de estas modificaciones.

Identificar el grupo

Analizar la situación de este grupo poblacional ha aumentado significativamente en los últimos años debido, principalmente, al incremento en la expectativa de vida en el mundo entero y, en particular, en nuestro país.
La Constitución de la República del Ecuador considera a las personas adultas mayores como un grupo de atención prioritaria, lo que significa que deben recibir un trato especializado y preferente que proteja sus derechos y asegure el ejercicio y goce de los mismos

Generalidades de los grupos de atención prioritaria

Derechos de las personas adultas mayores:
7. El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento.
6. Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley.
5. Exenciones en el régimen tributario.
4. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.
3. La jubilación universal.
2. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones.
1. La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas.
Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado.