por Hector Torres 7 anos atrás
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Las desigualdades en materia de dotación industrial inducen desigualdades de desarrollo en las infraestructuras, que son el motor de la difusión de las nuevas tecnologías.
la posesión de un conocimiento puede incitar a sus poseedores a sacar provecho de la ignorancia en que se hallan los que no lo poseen. . . Sus responsabilidades especiales les imponen el deber de contribuir lo más posible a la difusión de contenidos de calidad que fomenten en las personas un espíritu de apertura a la cultura, los conocimientos, la tolerancia y el prójimo. El arbitraje entre la libertad de expresión y otros derechos: ¿nos encaminamos hacia principios comunes? Tal como hemos destacado, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha proclamado que la libertad de expresión es la “piedra de toque” de todos los demás derechos y libertades que se dedica a defender (resolución 59 (1) del 14 de diciembre de 1946). Ahora bien, se ha comprobado que la libertad de expresión podía en algunos casos entrar en conflicto con otros derechos o principios universalmente proclamados.
en el otro extremo tenemos al África Subsahariana, los Estados árabes y los países menos adelantados, donde los progresos son muy lentos, salvo entre las elites.
Si se quiere promover la participación de todos, el derecho a un acceso libre a la información y al saber puede desempeñar un papel regulador en las sociedades del conocimiento emergentes. Por su naturaleza misma, la libertad de información garantiza el carácter democrático de las sociedades del conocimiento
Las primeras sociedades históricas del conocimiento –recordemos las castas de letrados del antiguo Egipto o los mandarines de la China imperial– fueron sociedades en las que se cultivaba el secreto.
los países del Sur, donde las conexiones, si es que existen, son lentas y muy onerosas
las tarifas de Internet por conducto de un módem y una línea telefónica son mucho más caras que en los países con altos ingresos.
en Bangladesh, por ejemplo, el costo anual de una conexión con Internet
A este respecto, cabe preguntarse si algunos “contenidos” pueden ser tan perjudiciales como determinadas “conductas”. Bastará recordar, por ejemplo, el papel desempeñado por la Radio de las Mil Colinas en la instigación del genocidio de 1994 en Rwanda.
La penalización de algunos contenidos –que es de la incumbencia de la legislación de cada nación y obedece con frecuencia a disposiciones muy variables de un país a otro–,26 plantea la cuestión de la posible imposición de límites de principio o “razonables” al ejercicio de la libertad de expresión.
se ha acelerado considerablemente desde fines de los años noventa y que países como China, la India, Brasil o la Federación de Rusia han realizado progresos considerables en este ámbito.
se puede decir que existe efectivamente una correlación entre las desigualdades en materia de desarrollo industrial y las disparidades en el acceso a la información.
¿Un giro hacia la seguridad a ultranza?
A la hora de luchar contra el terrorismo, el conocimiento se convierte en un recurso estratégico. A este respecto cabe señalar que la aparición de nuevas tecnologías de control, censura y represión han ido a la par con el desarrollo de las nuevas tecnologías de expresión.
La situación de la libertad de expresión ha experimentado un cambio considerable con el giro de muchos gobiernos hacia una seguridad a ultranza tras los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, aunque los orígenes de esta tendencia se remonten a tiempos más lejanos. Por eso, toda una serie de informaciones, desde la cartografía de sitios estratégicos hasta la publicación de algunos descubrimientos científicos, pueden considerarse delicadas y ser excluidas de la libre circulación de la información.
Libertad de expresión y participación de la inmensa mayoría en las sociedades del conocimiento La salvaguarda de la libertad de expresión no es sólo una cuestión de principios.Emana de los mismos ideales que legitiman la salvaguarda de la diversidad cultural y lingüística en el ciberespacio: propiciar una mejor utilización de las nuevas tecnologías y permitir que un número cada vez mayor de ciudadanos de orígenes culturales y geográficos cada vez más diversos accedan a la información y participen en la aventura del conocimiento.
Los beneficios de la libre circulación de la información y las ideas no se limitan a la garantía de los derechos fundamentales.
Es un poderoso vector del desarrollo humano que abre paso al aprovechamiento compartido de la información y del saber.
utilizan los instrumentos clásicos de la reglamentación: restringir el acceso imponiendo, por ejemplo, la obligación de registrarse o poseer una licencia; restringir los contenidos mediante el filtro de datos y el estímulo oficial a la “autocensura”;27 y desarrollar técnicas de vigilancia cada vez más perfeccionadas.
La protección de imágenes de marcas puede también traer consigo algunas restricciones de la libertad de expresión. A este respecto, cabe preguntarse por qué tienen que coincidir forzosamente los intereses comerciales de la industria de los media y la salvaguarda del pluralismo, que es un elemento esencial de la democracia. Veremos más adelante que la solución de estos problemas exige un enfoque equilibrado entre la protección de la propiedad intelectual y la promoción del dominio público.
El Estado puede además imponer oficialmente restricciones de acceso (obligar a los proveedores de servicios en Internet a que obtengan una licencia previa) o incitar al sector privado a que actúe preventivamente y niegue el acceso a los usuarios considerados “indeseables
Incluso en las democracias, la libertad de expresión no está al amparo de determinados abusos que pueden derivarse de los intereses comerciales de los intermediarios de la transmisión de información. “Expresión” y “comercialización” obedecen a menudo a lógicas que pueden ser contradictorias, y en algunos casos puede constituir una infracción del derecho de autor el mero hecho de que una persona publique en su sitio personal la imagen de su personaje de tiras cómica predilecto, sin haber abonado previamente un canon al poseedor de la propiedad intelectual.
algunos distribuidores han preferido retirar de la circulación publicaciones consideradas irrespetuosas por los poderes públicos para no perder cuotas de mercado en un gran país.
Es un fenómeno muy preocupante la aparición de esta delegación de la censura de los Estados en operadores privados, y más inquietante aún la privatización de la censura.
Los Estados saben hoy en día vigilar perfectamente los contenidos, localizar los accesos, bloquear los sitios y perseguir las formas ilegales de disidencia.
aunque los orígenes de esta tendencia se remonten a tiempos más lejanos. Por eso, toda una serie de informaciones, desde la cartografía de sitios estratégicos hasta la publicación de algunos descubrimientos científicos, pueden considerarse delicadas y ser excluidas de la libre circulación de la información.
Los imperativos de la seguridad nacional han otorgado al secreto una situación muy especial, incluso en las democracias modernas. El derecho a pensar y decir lo que se piensa no es necesariamente sinónimo del derecho a decir todo lo que se sabe.
¿Significa esto que la revolución de las nuevas tecnologías desemboca inevitablemente en un incremento de las disparidades entre los países ricos y los países en desarrollo? En realidad, las causas profundas de la brecha digital hacen que a los países del Sur les resulte especialmente difícil recuperar su retraso.
Estas estadísticas sitúan de entrada, en su verdadero contexto, la repercusión de la revolución de las nuevas tecnologías en el mundo.
Este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Es necesario también que en sus principios constitutivos figuren, en primer plano, la salvaguarda y promoción de los derechos y libertades proclamados por los instrumentos internacionales universales relativos a los derechos humanos, entre los que figuran en primer lugar la Declaración Universal
El adagio “la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento” no sólo impone a cada uno el deber de conocer sus derechos y obligaciones, sino que recuerda también la estrecha relación existente entre el reconocimiento de un derecho y el conocimiento de éste.
Los derechos, así como los principios éticos en los que se basan, deben primero conocerse para poder ser luego reivindicados y reconocidos.
De Derechos Humanos de 1948 y los dos Pactos de 1966: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En efecto, el conocimiento y la educación constituyen las garantías más sólidas de los derechos.
En efecto, cabe preguntarse si la desigualdad de acceso a las fuentes, contenidos e infraestructuras de la información no pone en tela de juicio el carácter mundial de la sociedad de la información.
Las cuestiones relativas a la tecnología y la capacidad de conexión hacen hincapié en las infraestructuras y la gobernanza del universo de las redes.
Tal como la UNESCO puso de relieve en la primera parte de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI)