por UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA 4 anos atrás
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La acción de grupo tiene como finalidad reclamar la indemnización de perjuicios por el daño sufrido individualmente por los miembros de un grupo de personas que tienen condiciones uniformes.
Sobre el particular, el artículo 46 de la Ley 472 de 1998, dispuso que “la acción de grupo se ejercerá exclusivamente para obtener el reconocimiento y pago de la indemnización de los perjuicios”.
Es un mecanismo judicial, de carácter constitucional, por medio del cual un grupo de personas que sufrió daños en condiciones uniformes como consecuencia de una misma causa, acuden ante el juez para procurar su reparación individual a través de la indemnización de perjuicios que deberán probar separadamente dentro del mismo trámite judicial.
1. Conceptualizar el medio de control de grupo.
2. Referenciar el marco normativo del medio de control de grupo.
3. Enfatizar en la finalidad del proceso del medio de control de grupo.
4. Caracterizar el proceso de acción de grupo.
Fortalecer la formación de los abogados defensores del Estado en conceptos claves del medio de control de grupo.