por Andy Morin 4 anos atrás
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El matrimonio subsistente con persona distinta de aquélla con quien se pretenda contraer.
La incapacidad que ha sido declarada en juicio de interdicción;
La embriaguez habitual, la morfinomanía, la eteromanía y el uso indebido y persistente de las demás drogas enervantes.
La fuerza o miedo graves.
El atentado contra la vida de alguno de los casados para contraer matrimonio con el que quede libre;
DEROGADA. P.O. 14 DE DICIEMBRE DE 2016.
El parentesco de afinidad en línea recta, sin limitación alguna;
El parentesco de consanguinidad legítima o natural, sin limitación de grado en la línea recta, ascendente o descendente.
DEROGADA. P.O. 08 DE ENERO DE 2018.
La falta de edad requerida por la ley;