Autor: Helis Mendoza CI16404041
El recurso de revisión en materia penal procede de acuerdo a lo que establece el articulo 462 del Copp a continuacion se presentan los suopuestos para su procedencia
Cuando en virtud de sentencias contradictorias estén sufriendo condena dos o mas personas
Cuando la sentencia dio por probado el homicidio de una persona cuya existencia posterior a la época de su presunta muerte resulte demostrada plenamente.
Cuando la prueba en que se baso la condena resulte falsa
Cuando con posterioridad a la sentencia condenatoria ocurra o se descubra un hecho, o parezca algún documento desconocido durante el proceso
cuando la sentencia condenatoria fue pronunciada a consecuencia de prevaricacion o corrupción de uno o mas jueces que la hayan dictado
Su naturaleza jurídica radica en que técnicamente la revisión no es un recurso sino una acción de ejecución.
Efectos del recurso de revision
Art 467 del Copp establece que cuando las sentencias sean absolutorias el acusado (a) podrá hacer que se publiquen en gaceta oficial de república bolivariana de Venezuela
Que las mismas sentencias sean devueltas por quien las percibió
Recurso de Revision
Es considerada una vía para remediar sentencias firmes que constituyo una cosa juzgada y esta viciada por un error.
Requisitos de interposición del recurso de revisión
Que se recurra un acto firme en via administrativa
Que al dictar un acto se haya incurrido en un error de hecho
Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto
Que en la resolucion hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme