Recurso de Revisiòn
REQUISITOS
No tiene plazo, pudiendo interponerse en cualquier tiempo.
El recurso se interpone por escrito, indicando la causal respectiva y señalando los documentos que se acompañan, probando dicha causal.
Además, deben cumplirse con las normas de comparecencia aplicables ante la
Corte Suprema.
SUPUESTOS DE PROCEDENCIA
2º. Cuando la sentencia dio por probado el homicidio de una persona cuya existencia posterior a la época de su presunta muerte resulte demostrada plenamente;
3º. Cuando la prueba en que se basó la condena resulta falsa;
4º. Cuando con posterioridad a la sentencia condenatoria, ocurra o se descubra algún hecho o aparezca algún documento desconocido durante el proceso, que sean de tal naturaleza que hagan evidente que el hecho no existió o que el imputado no lo cometió;
5º. Cuando la sentencia condenatoria fue pronunciada a consecuencia de prevaricación o corrupción de uno o más jueces que la hayan dictado, cuya existencia sea declarada por sentencia firme;
6º. Cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho el carácter de punible o disminuya la pena establecida.
1º. Cuando en virtud de sentencias contradictorias estén sufriendo condena dos o más personas por un mismo delito, que no pudo ser cometido más que por una sola;
go over the map
put your mind to work
recall as many details as you can about the keywords you added
NATURALEZA JURÌDICA , la Constituciòn señala que la "ley orgànica respectiva" deberà consagrar un mecanismo mediante el cual la Sala Constitucional tenga la facultad de revisar los actos o sentencias dictados por los Tribunales de la Repùblica
Estefany Rodriguez
V-25.293.850
Estefany Rodriguez
V-25.293.850
QUIENES PUEDEN INTERPONER EL RECURSO
EFECTOS
Cuando la sentencia sea absolutoria el acusado podrá exigir que se publique en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, y que se devuelvan, por quien las percibió, las sumas pagadas por concepto de multas, costas e indemnización de perjuicios, en cumplimiento de la sentencia anulada. Además, la sentencia ordenará, según el caso, su libertad.
Es una vía para remediar una sentencia firme que constituyó cosa juzgada y que está viciada por un error que desvirtúa el hecho delictual que dio origen al proceso, por lo que debe proceder todo el tiempo, pero a favor del imputado.
Se trata del descubrimiento de nuevos hechos que dan lugar a un nuevo debate probatorio.
Solo se permite la impugnación de sentencias condenatorias no absolutorias.