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por EMMA ADARME 2 anos atrás

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RESOLOCIÓN 3100 DE 2019 (25 DE NOVIEMBRE DEL 2019)

La Resolución 3100 de 2019 establece los procedimientos y condiciones para la inscripción de prestadores de servicios de salud y la habilitación de dichos servicios en el Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud (

RESOLOCIÓN  3100 DE 2019 (25 DE NOVIEMBRE DEL 2019)

RESOLOCIÓN 3100 DE 2019 (25 DE NOVIEMBRE DEL 2019)

Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud

Estándares de habilitación del servicio farmacéutico
Talento Humano: Son las condiciones de talento humano requeridas para la prestación de los servicios de salud.

Infraestructura: Son las condiciones mínimas e indispensables de las áreas y ambientes de una edificación y su mantenimiento, para la prestación de los servicios de salud con el menor riesgo posible.

Dotación: Son las condiciones mínimas e indispensables que garantizan los equipos biomédicos necesarios, así como sus mantenimientos, para la prestación de los servicios de salud con el menor riesgo posible.

Medicamentos, dispositivos médicos e insumos: Son las condiciones mínimas e indispensables de procesos que garantizan las condiciones de almacenamiento, trazabilidad, y seguimiento al uso de medicamentos, componentes anatómicos, dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro

Procesos prioritarios: Es la existencia obligatoria y socialización de los principales procesos asistenciales que condicionan directamente la prestación con el menor riesgo posible en los servicios de salud.

Historia clínica y registros: Son las condiciones mínimas e indispensables que debe cumplir la historia clínica y los registros asistenciales, con el fin de garantizar la trazabilidad de la atención en salud.

Interdependencia: En este estándar se definen tos servicios de salud y de apoyo los cuales son indispensables para prestar en forma oportuna y segura el servicio de salud que fas requiere.

Complejidad de los servicios de salud
Es la cualidad de los servicios de salud que depende de las condiciones de salud que se atiendan o prevén atender, la formación del talento humano en salud y las características de las tecnologías en salud que se requieran.

Para efectos del presente manual los grados de complejidad de los servicios son:

Alta

Mediana

A algunos servicios no les aplica complejidad.

Baja

Modalidad de prestación de servicios de salud
La modalidad se refiere a la forma de prestar un servicio de salud en condiciones particulares. Las modalidades de prestación para los servicios de salud son:

Modalidad telemedicina

Es la forma de prestar un servicio de salud a distancia, en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de la información y la comunicación que les permite intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso y la oportunidad en la prestación de servicios de salud a la población que presenta limitaciones de oferta, de acceso a los servicios o de ambos en su área geográfica.

Categorías, las cuales pueden combinarse entre sí:

Telemedicina no interactiva: Es la relación a distancia utilizando tecnologías de información y comunicación, mediante una comunicación asincrónica entre un profesional de la salud de un prestador y un usuario, para la provisión de un servicio de salud que no requiere respuesta inmediata.

Telemedicina Interactiva: Es la relación a distancia utilizando tecnologías de información y comunicación a distancia, mediante una herramienta de video llamada en tiempo real entre un profesional de la salud de un prestador y un usuario, para la prestación de servicios de salud en cualquiera de sus fases.

Modalidad extramural: Forma de prestar un servicio de salud en espacios o infraestructuras físicas adaptadas a la atención en salud.

Unidad Móvil Es la forma de prestar un servicio de salud dentro de un medio de transporte terrestre, marítimo o fluvial.

Domiciliaria Es la forma de prestar un servicio de salud en el domicilio o residencia del paciente.

Jornada de Salud Es la forma de prestar un servicio de salud en espacios o infraestructuras físicas adaptadas temporalmente a la atención en salud.

Modalidad intramural: Forma de prestar un servicio de salud en una infraestructura física destinada a la atención en salud.

Condiciones de habilitación que deben cumplir los prestadores de servicios de salud.
para su entrada y permanencia en el Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud (SOGCS), deben cumplir las siguientes condiciones

Capacidad tecnológica y científica.

Suficiencia patrimonial y financiera.

Capacidad técnico-administrativa.

Campo de aplicación
La presente resolución aplica a:

La Superintendencia Nacional de Salud.

Las entidades responsables del pago de servicios de salud.

Las secretarías de salud departamental o distrital o la entidad que tenga a cargo dichas competencias .

Las entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud.

Los servicios de transporte especial de pacientes.

Los profesionales independientes de salud.

Las instituciones prestadoras de servicios de salud.

Objeto
definir los procedimientos y las condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud, así como adoptar, en el anexo técnico, el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud el cual hace parte integral del presente acto administrativo.