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por Briggith Espinoza 6 anos atrás

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Responsabilidad Penal

El texto aborda la responsabilidad penal y las circunstancias que pueden agravar o atenuar la pena aplicada a una persona por la comisión de un delito. Se destacan las causas de agravación, que incrementan la pena debido a factores que revelan una mayor culpabilidad o perversidad, y las causas de atenuación, que disminuyen la responsabilidad criminal al incidir sobre el elemento esencial de la culpabilidad.

Responsabilidad Penal

Responsabilidad Penal Alumna: Briggith Espinoza

Causas de agravación propiamente dichas. Son circunstancias que dan lugar al aumento de la pena normalmente aplicable a una determinada persona por la comisión de un hecho punible.

Causas de atenuación de la Responsabilidad Penal Son aquellas circunstancias accidentales al delito que, por incidir sobre el elemento esencial de la culpabilidad, producen el efecto de disminuir la responsabilidad criminal del sujeto determinando, en consecuencia, un menor quantum de pena.

Exceso de las causas de justificación
Perturbación proveniente de la embriaguez
Perturbación

Iter criminis El Iter Criminis representa el camino que un sujeto activo (o delincuente) atraviesa desde el momento en que idea llevar a cabo un delito, pasando por la preparación y ejecución de los pasos intermedios del mismo hasta acabar en la consumación del acto criminal. Entender cómo funciona este desarrollo es especialmente importante con el fin de entender cuándo las acciones asociadas a un crimen se convierten en acciones punibles, así como las posibilidades que hay de dar marcha atrás por parte del sujeto activo en alguno de los distintos pasos, y en general las consecuencias que tiene cada una de las acciones que el delincuente lleva a cabo durante el iter criminis.

Causas de agravación de la Responsabilidad Penal Son aquellas que, en alguna medida o grado, dan lugar al aumento de la pena normalmente aplicable. El delito presenta a veces tales caracteres que revela una mayor culpabilidad y perversidad del delincuente y su gravedad excede de aquel término medio que la ley considera como tipo

Clasificación
Las agravantes especiales, que son a contrapartida de las atenuantes especiales ya vistas.
La reincidencia
Circunstancias agravantes genéricas o propiamente dichas, consagradas en los 20 ordinales del artículo 77 del Código Penal Venezolano vigente.