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por Dennisse Diaz 3 anos atrás

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Saldo a Favor del Exportador

El proceso de determinar y devolver el saldo a favor del exportador se basa en varios criterios y plazos establecidos por la normativa fiscal. Para calcular el monto aplicable, se consideran las exportaciones de bienes y servicios, junto con el valor FOB y las tasas del IGV.

Saldo a Favor del Exportador

Saldo a Favor del Exportador

Se determina en:

Declaraciones de Importación y Exportación
Notas de Créditos y Débitos
Comprobantes de pago

Monto del IGV

Polizas de inportación
Contratos de Contrucción
Servicios
Bienes

Determinación y Límite

Porcentaje a la tasa del IGV 18% de las exportaciones embarcadas por un periodo determinado
Determinación del monto:
Exportaciones de Bienes

El valor FOB debidamente numeradas

Notas de Crédito
Exportación de Servicio

Valor de facturas que sustenten el servicio

PDB Exportadores

Aplicativo que refleja el crédito fiscal y detalla las exportaciones y adquisiones realizadas.
Embarcadas
Facturadas

Plazos para Resolver Devolución

Dos días Hábiles
Poliza de Caución

emitida por una Campania de seguros

Carta Fianza

Realización automática

Incondicional

Solidaria

Irrevocable

Quince días hábiles
En 6 meses

Haber generado

Registro de Compras electrónicas

Registros de venta e ingresos

Haber presentado dentro del plazo de vencimiento

Determinación del Impuesto a la Renta de Tercera categoría

Declaraciones de pagos a cuenta

Declaraciones de IGV

No tenga condición de no habido

En 12 meses

SUNAT haya entregado

Cheque por saldo a favor del exportador

Notas de Crédito Negociable

Más del 70% de las adquisiones

80% exportaciones de servicios

Notas de crédito y crédito electrónico

Comprobantes de pago electrónico

Treinta días hábiles
Plazo general

Fiscalización del Código Tributario

F. Definitiva
12 Meses
F. Parcial
6 Meses
F. Parcial Electrónica
30 días hábiles