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por MARTHA LIGIA LEON RAMIREZ 8 anos atrás

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SANCIONES IMPUESTOS NACIONALES

Las sanciones tributarias en un país se imponen por diversas razones, principalmente relacionadas con la presentación tardía o incorrecta de la Declaración de Renta. No declarar los ingresos o consignaciones bancarias puede resultar en una multa del 20%

SANCIONES IMPUESTOS NACIONALES

SANCIONES IMPUESTOS NACIONALES

Sancion minima

la sanción mínima para el año 2016 frente a los impuestos nacionales queda definida en $298.000.
100 UVT
ORIREN
Entregar información incompleta o equivocada al inscribirse en el RUT

Referencias:

http://www.comunidadcontable.com/BancoNorma/uvt-y-sancion-minima-para-impuestos-nacionales-2016.asp?CodSeccion=106
http://www.declarante.com/sanciones.htm

Sanción Penal por no consignación

Tiene plazo 2 meses de prsentar el impuesto si no consigna dentro del término legal, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa equivalente al doble de lo no consignado sin que supere el equivalente a 1.020.000 UVT.

Sanción por errores aritméticos

Operaciones aritméticas erradas que llevan a un menor valor del impuesto a cargo

Sanción por no declarar

20% del total de las consignaciones bancarias o de los ingresos brutos del período no declarado o de los ingresos registrados en la última declaración (lo que sea mayor)
No presentar la Declaración de Renta estando obligado a hacerlo

Sanción por corrección

Corrección voluntaria a la Declaración de Renta en la cual se incrementa el impuesto a cargo o se disminuye el saldo a favor

Sanción por extemporaneidad

5% sobre el total del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso sin que exceda del 100% del impuesto a cargo si se presenta la declaración antes de ser emplazado por la DIAN 10% sobre el total del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso sin que exceda del 200% del impuesto a cargo si se presenta la declaración después de ser emplazado por la DIAN
Presentación de la Declaración de Renta con posterioridad a su plazo límite.

Sanción por no actualizar oportunamente el RUT

1 UVT por cada día de retraso en la actualización de la información 2 UVT por día de retraso cuando la desactualización del RUT se refiera a la dirección o a la actividad económica
No actualizar la información del RUT dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización

Sanción por no inscribirse en el RUT estando obligado a hacerlo

Cierre del establecimiento por 1 día por cada mes o fracción de mes de retraso o multa equivalente a 1 UVT por cada día de retraso para quienes no tengan establecimiento de comercio

Sanción por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes

El valor del activo omitido o del pasivo inexistente se adiciona a la renta líquida sobre la cual se liquida el impuesto
No inclusión dentro del patrimonio de la Declaración de Renta de datos de uno o más activos o inclusión de uno o más pasivos inexistentes

Sanción por inexactitud

MONTO
ORIGEN