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por Estefania del valle 6 anos atrás

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SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

La suspensión de contratos laborales se puede dar por diversas razones, incluyendo huelga legal, cierre legal de la empresa, o por asumir un cargo público. Existen varios tipos de excedencias, entre ellas las forzosas, voluntarias y por cuidados familiares.

SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

Finiquito

Mutuo acuerdo

Víctima de violencia de género

Privación de libertad

Baja laboral

Suspensión de empleo y sueldo

FINIQUITO

Subtema
Indemnización
Por muerte, jubilación o incapacidad del empresario

30 DÍAS DE SALARIO TOTAL

Por extinciónde la persona jurídica de la empresa

20 DÍAS AL AÑO, MÁXIMO 360 DÍAS

Contrato de obra o eventual

12 DÍAS AL AÑO

Improcedente un despido

33 DÍAS AL AÑO, MAXIMO 720 DÍAS


Objetivas, despido colectivo y fuerza mayor

20 DÍAS POR AÑO, MÁXIMO DE 360 DÍAS EN TOTAL

disciplinarios

NINGUNA

Vacaciones

VACACIONES NO DISFRUTADAS

Pagas extras

LA PARTE PROPORCIONAL DE PAGAS EXTRAS PENDIENTES DE COBRAR.


Salarios

Cargo público

huelga legal o por el cierre legal

Fuerza mayor temporal

Causas Objetivas

Excedencias

Voluntaria

Se solicita por voluntad del trabajador siempre que tenga al menos un año de antigüedad en la empresa.

No se le reserva el puesto de trabajo, solo tiene derecho preferentemente de reingreso a las vacantes que exitan o se produxcan

No computa para la antigüedad.

Un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años. No puede volver a solicitar otra hasta que no pasen 4 años de la anterior excendencia


Cuidados familiares

Familiar hasta el segundo grado.

La empresa no puede limitar

La empresa no puede limitar el uso de este derecho, salvo que los trabajadores de la empresa lo soliciten por el mismo familiar

El primer año sí tiene reserva del puesto, el segundo se le reserva uno de su grupo profesional.

Computa para la antigüedad y tiene derecho a asistirá los cursos de formación.

Como máximo 2 años

Por cuidados de hijos

Se solicita para el cuidado de cada menor de 3 años.

Computa para la antigüedad y tiene derecho a asistir a los cursos de formación de la empresa


La empresa no podra limitar

La empresa no podrá limitar el uso de este derecho, salvo que los trabajadores de la empresa lo soliciten por el mismo hijo

es posible compatibilizar la excedencia por cuidado de hijos con otro trabajo.

el primer año si se le reserva el puesto. En el segundo y tercer año se le reserva un puesto de su grupo profesional o categoría equivalente.

Como máximo hasta que cumpla los 3 años.

Forzosa
Cargo público o cargo sindical

Reserva de puesto

si se le reserva, Computa para la antigüedad

Duración

Mientras dura el cargo, tiene 30 días para reincorporarse al puesto

Embarazo o durante la lactancia

Maternidad, paternidad, adopción

Paternidad

PATERNIDAD

Una vez finalizado el permiso laboral de los 2 días por paternidad que paga la empresa, puede suspender el contrato 5 semanas seguidas, donde la seguridad social es la encargada de pagarle el 100%.

estos 35 días se amplían en caso de parto múltiple en 2 días más por cada hijo, así como en caso de que sea persona con discapacidad.

Caben varias opciones:

  1. o disfrutarse a continuación de las semanas que teníamos antes, teniendo 37 días seguidos de baja.
  2. también cabe la posibilidad que la 5º semana la disfrute de forma separada, pero dentro de los 9 meses siguientes del nacimiento. Para ello necesita llegar a un acuerdo con la empresa.

También es posible la paternidad a tiempo parcial (si son 35 días, tomar 70 días al 50% de la jornada)

Debe haber cotizado al menos 180 días en los 7 años anteriores o 360 días en toda la vida laboral

Maternidad

a) menores de 21 años no es preciso haber cotizado,

b) entre 21 y 26 años cotizado 90 días en los 7 años

anteriores o bien 180 días en toda la vida laboral,

c) para >26 son 180 días en los ultimos 7 años o 360 días en

la vida laboral.