realizată de Carlos Daniel Arbelaez Bustamante 5 ani în urmă
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En el contexto de la gestión de peticiones y solicitudes, es crucial responder de manera adecuada y efectiva, asegurando integridad y correspondencia con lo solicitado. La comunicación debe ser oportuna, respetando los plazos establecidos por el Ministerio para resolver o contestar.
Usted puede presentar sus Derechos de Petición a través de: Correo, a la Calle 43 No. 57 – 14, CAN, Bogotá D.C. Telefax: 2220206 www.mineducacion.gov.co en la Sección de Atención al Ciudadano
1:Contestar de una manera adecuada, es decir, con integridad y correspondencia 2:Responder de una manera efectiva para la solución del caso que se plantea. 3:Efectuar la comunicación de un modo oportuno.
Tenga en cuenta el tiempo que tiene el Ministerio para resolverle o contestarle su derecho de petición. Cuando para el Ministerio no le sea posible resolver o contestar su petición en el plazo determinado, éste deberá informarle y expresarle los motivos de la demora y señalarle a la vez la fecha en que se resolverá o le dará respuesta.
Cuando usted lo formule de manera verbal, y afirma no saber o no poder escribir y pide una constancia de haberlo presentado, el funcionario deberá expedírsela.
Recuerde que cuando su petición sea de forma verbal, la decisión podrá tomarse y comunicársele de la misma manera.
1:Las razones en que usted se apoya 2:La relación de documentos que acompañan su derecho de petición 3:Su firma como peticionario, cuando fuere el caso.
Objeto de su petición
1:La designación de la autoridad a la que se dirige 2:Sus nombres y apellidos completos, como solicitante y de su representante o apoderado, cuando sea del caso, con indicación de su documento de identidad y su dirección.
Requisitos para formular un Derecho de Petición
1:Oportunidad 2:Debe resolverse de fondo, en forma clara, precisa y de manera congruente con lo solicitado 3:La respuesta se debe poner en conocimiento del peticionario.
Si no se cumple con estos requisitos se incurre en una vulneración de su derecho constitucional fundamental de petición.
Peticiones de interés general o particular: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fechas de su radicación. Consultas: Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de su radicación. Peticiones que se realicen con el propósito de consultar u obtener documentos que reposen en los archivos de la entidad: Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su radicación.