realizată de Paula Andrea Camacho Mendez 4 ani în urmă
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Caso 1
En este contexto, se analiza la eficacia de la renuncia a los derechos sucesorios y a la acción de filiación, destacando que los padres no pueden renunciar a los derechos de los que sus hijos son titulares, según el artículo 166 del Código Civil.