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ÓRGANOS DE CONTROL Y VIGILANCIA

Los órganos de control y vigilancia desempeñan un papel crucial en la fiscalización de entidades y cooperativas, asegurando el cumplimiento de normas y regulaciones. La revisoría fiscal, caracterizada por su independencia, permanencia y función preventiva, se encarga de realizar un control y análisis constante de las operaciones y registros contables, además de emitir certificaciones e informes financieros.

ÓRGANOS DE CONTROL Y VIGILANCIA

ÓRGANOS DE CONTROL Y VIGILANCIA

PRESENTACIÓN ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE LAS QUEJAS CONTRA LAS ORGANIZACIONES VIGILADAS.

Esta Superintendencia, por intermedio de sus delegaturas y según el ámbito de competencia, resolverá las quejas que, habiendo sido presentadas ante los órganos de control social .

ASPECTOS GENERALES DEL “AUTOCONTROL” DE LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA

conocer el plan de trabajo del órgano de administración, que permitan realizar la vigilancia y control, a través de un proceso técnico y seguimiento periódico

COMITE DE CONTROL SOCIAL

Control obligatorio para los fondos de empleados cuya labor será la inspección y vigilancia social interna del fondo.

Coordinar con los otros órganos de control las labores de control social interno y técnico.

Expedir el reglamento interno de funcionamiento

Verificar la lista de asociados hábiles e inhábiles para poder participar en las asambleas

Solicitar la aplicación de sanciones a los asociados cuando haya lugar a ello

Hacer llamadas de atención a los asociados

Conocer los reclamos que presenten los asociados

Informar a los órganos de administración, al Revisor Fiscal y a la entidad estatal sobre las irregularidades que existan en el funcionamiento

Velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten a las prescripciones legales, estatutarias y reglamentarias

Conocer y demostrar conocimientos administrativos, contables y legales.

Tener conocimiento de la ley, de la normatividad solidaria, de los estatutos y reglamentos internos del Fondo de empleados.

Acreditar capacitación en economía solidaria mínimo de 20 horas según lo establecido por la ley.

JUNTA DE VIGILANCIA

Organismo interno encargado del control social y la supervisión de los servicios prestados por una Cooperativa a los asociados

Rendir informes sobre sus actividades a la Asamblea General Ordinaria.

Convocar a la asamblea general

Adelantar investigaciones cuando sea necesario

Verificación de asociados

Seguimiento a las quejas presentadas

Seguimiento a las actas de reuniones

Seguimiento a las dependencias

Expedir su propio reglamento

Inscribir el libro de actas en Cra. Ccio.

Ejercer las funciones (legales y estatutarias) propias

Requisitos

Tener conocimiento de la ley

Acreditar capacitación en economía

No haber sido sancionado por la entidad

Ser asociado hábil

TRÁMITE DE QUEJAS FORMULADAS DIRECTAMENTE ANTE LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA

La queja deberá ser resuelta dentro del término establecido en los estatutos, el cual en ningún caso podrá superar los quince (15) días hábiles.
La solicitud por escrito del órgano de control social a los órganos competentes de los correctivos
La respuesta debe ser completa, clara, precisa y comprensible dirigida al quejoso
motivo, las razones en que se apoya la queja, la relación de documentos y anexos que se acompaña, y la firma del peticionario.

REVISORÍA FISCAL

Órgano de fiscalización, con el ánimo de dar seguridad a las entidades sobre el sometimiento de la administración a las reglas y normas,.
Funciones

Planeación del trabajo de la revisoría fiscal

Dictamen e informe del revisor fiscal

Precisiones relativas al dictamen

Visitas y papeles de trabajo

Colaboración

Impartir instrucciones

Caracteristicas

Función preventiva

Independencia de acción y criterios

Cobertura total

Permanencia:

Objetivos

Emisión de certificaciones e informes sobre los estados financieros

Inspección constante sobre el manejo de libros de contabilidad

Vigilancia permanente

Control y análisis permanente

CONTROL SOCIAL

Balance social
Documento en el cual se recogen las repercusiones

PATRIMONIO SOCIAL

Necesidades y expectativas satisfechas en un mercado social objetivo.

PASIVO SOCIAL

Necesidades y expectativas sociales que están pendientes por resolver en el mercado social objetivo.

ACTIVO A LARGO PLAZO

Comprende las necesidades y expectativas básicas que no se resuelven en el corto plazo.

ACTIVOS CORRIENTES

Comprende aquellas necesidades y expectativas de realización inmediatas.

ACTIVO SOCIAL

Necesidades y expectativas detectadas en un mercado social objetivo.

Gestión social
Estructura organizativa para lograr el equilibrio de lo social y lo económico.
Obligados a tener control social, interno y técnico
Todas las entidades de la economía solidaria están obligadas a realizar el autocontrol, en los términos del artículo 7 de la Ley 454 de 1998.
Función primordial de cada empresa solidaria para velar por el correcto manejo de la parte de procedimiento y administración social
Control social técnico:

Debe tratarse de un control idóneo, que sea eficiente y eficaz para que los asociados puedan supervisar cabalmente la gestión de la entidad solidaria.

Control social interno:

Control ejercido por los propios asociados, se trata de un control interno, que no puede delegarse en terceras personas, sean estas ajenas a la entidad o empleados de la misma

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