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Relaciones de Trabajo y las Condiciones de Trabajo
En el ámbito laboral, existen diversas modalidades de contratos que regulan la relación entre el trabajador y el patrón. Los contratos pueden ser por obra determinada, donde el servicio se presta por un tiempo específico o para un proyecto particular; indeterminado, sin fecha límite y vigente hasta que alguna de las partes decida finalizarlo; o determinado, con una duración fija previamente acordada.
Reto #1
Relaciones de trabajo y las condiciones de trabajo
Derecho Laboral
Maestra Alejandra Soto
Alumno: Luis Manuel Huerta Pacheco
Matricula 100200011
Relaciones de Trabajo y las Condiciones de Trabajo
Rescisión
Terminación anticipada de la relación contractual por causas imputables a alguna de las partes.
Si el trabajador no esta de acuerdo con la rescisión podra solicitar a la Junta de Conciliación que se le reinstale en el puesto que venia desempeñando.
Cuando el trabajador recibe el aviso de rescisión podra solicitar su liquidación al patrón asi como sus partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima de antigüedad y vacacional.
El aviso se entrega el mismo día del despido al trabajador o bien comunicarlo a la Junta de Conciliación y Arbitraje.
El patrón debera notificar al empleador por escrito el motivo de la rescición de contrato asi como la fecha de dicho motivo.
Clasificación de durabilidad en relacion laboral.
Obra Determinada
Este contrato generalmente se utiliza para prestar el servicio al patron por un tiempo determinado asi como por una sola ocación. Un proyecto especifico que se realice.
Contrato Indeterminado
Es aquel en el cual el trabajador presta su servicio al patron sin una fecha limite. Se precinde de este servicio hasta que cualquier de las partes lo decida.
Contrado determinado
Es aquel en el cual se presta el servicio de trabajador por un tiempo especifico al patrón.
Prestaciones de gozo
por parte de los trabajadores
Salario
Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por sus servicios.
El salario se fija:
- Por unidad de tiempo
- Por unidad de obra
- A comisión
- A precio alzado
Días de descanso.
Por cada 6 días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso
por lo menos, con goce de salario íntegro, procurando que el día de descanso sea
domingo.
Días de vacaciones
La Ley Laboral señala que los trabajadores que tengan más de un año de servicios
disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a 6
días laborables y que aumentará en 2 días laborables, hasta llegar a 12, por cada año subsecuente
de servicio. Después del 4º año, el período de vacaciones se aumentará en 2 días por cada 5 años
Efectos de contracación laboral.
Terminación
Incapacidad física, mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la
prestación del trabajo.
Terminación de la obra por vencimiento del término de contratación.
La muerte del trabajador.
Mutuo consentimiento de las partes.
Suspensión
Por declaración de contingencia sanitaria.
El cumplimiento de obligaciones constitucionales y de funciones oficiales.
El arresto del trabajador
La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria
Incapacidad Temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un
riesgo de trabajo.
La enfermedad contagiosa del trabajador
Tipos de jornadas
Diurna
48 hrs semanales
Mixta
45 horas semanales
Nocturna
42 horas semanales
Jornada de Trabajo
Tiempo durante el cual el trabajador
estara a disposición del empleador
y éste se obliga a satisfacer su salario.
Es el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición del patrón para prestar su trabajo