El constitucionalismo liberal establece los fundamentos del Derecho constitucional en las sociedades occidentales, proporcionando un marco específico para la organización del poder estatal.
Mapa mental realizado por: Ricardo Alvarez, Giovanni Castañeda y Yohanna Espitia
Por último, el período de entreguerras redefine el Derecho constitucional desde la
dimensión esencial de los derechos de los ciudadanos, a través del reconocimiento
constitucional de los derechos sociales, económicos y culturales.
Aquí la innovación
constitucional europea parece poder llegar más lejos que la innovación legislativa americana,
donde la Constitución, interpretada por una jurisprudencia conservadora del Tribunal
Supremo, se pone como límite a los desarrollos intervencionistas en materia económica y
social promovidos por el New deal.
El constitucionalismo hubo de enfrentarse,
finalmente, con las patologías que fue generando la propia modernidad (“el sueño de la razón
produce monstruos”); llegó el momento en que el Derecho constitucional debía mostrar su versatilidad intrínseca (fruto de su “lógica natural”) para solucionar nuevos retos.
El constitucionalismo liberal define los arquetipos que dan forma al Derecho
constitucional occidental como un modo especifico de organizar el poder
El término nación pasará a designar una realidad histórico-natural que no decide de
manera voluntarista y por medio de un pacto (constituyente), sino que define sus instituciones
políticas a través de la tradición histórica
Ni en Francia ni en Europa se asienta un modelo constitucional al estilo del americano,
estable, consensuado en el seno de la sociedad.
La Constitución americana es fruto de la necesidad y es instrumento práctico para
organizar ex novo un poder estatal recién nacido
El pueblo tiene derecho a instaurar un nuevo poder legislativo si éste actúa contra
sus derechos.
En tiempos recientes se
ha incorporado al sistema constitucional del Reino Unido una Declaración de derechos (la
Human Rights Act) que vincula, con muchas peculiaridades, al legislador; cuando se discute
en ese país la elaboración de una Constitución escrita.
En este aspecto se centra, precisamente, la crítica de E. Burke a la
Revolución francesa y el elogio de la continuidad de las instituciones inglesas.
La Constitución consuetudinaria británica no surge de un movimiento voluntarista de
la humanidad iluminada que pretende a través de la razón crear un orden político nuevo que
rompe con el pasado.
Consentimiento de los gobernadores a través de un pacto social
El constitucionalismo se organiza a partir del Estado, pero añade algo más, ya que se
caracteriza por aglutinar a los individuos no sólo en torno a la idea de igualdad, sino también
a la idea de libertad frente al abuso y la tiranía
Se organiza a partir del estado una forma de regular el poder y su actuación, pero partir de determinadas ideas que no pueden encontrarse - la igual dad de los ciudadanos, la del poder temporal y limitado, la del triunfo de los derechos de los individuos como fundamento y justificación de la comunidad política.
Topic principal
El equilibrio decimonónico de poderes nacido del
pacto entre la aristocracia y la burguesía, entre el monarca y la asamblea representativa, es
una respuesta de situación que obligará al Derecho constitucional europeo a un esfuerzo
innovador considerable cuando el principio democrático se incorpore a los textos
constitucionales.
El proceso revolucionario francés es un gran laboratorio donde están presentes muchos
de los planteamientos políticos que van a determinar la historia constitucional europea hasta
nuestros días.
Con el constitucionalismo democrático de
entreguerras. Y han seguido influenciando el constitucionalismo europeo hasta nuestros días,
a través de formas eclécticas donde la jurisdicción constitucional ya no es únicamente
concentrada sino también difusa, y no sólo abstracta sino también incidental
El segundo gran impulso del constitucionalismo se produce con la revolución
americana, donde se aprueban las primeras constituciones escritas (la federal y las de algunos
estados) que han permanecido vigentes hasta nuestros días. La extensión y la naturaleza de
esta
el movimiento constitucionalista,
“… muestra su máxima creatividad en el plano de las ideas y de las soluciones prácticas con
la Revolución americana y con la francesa; después en los siglos XIX y XX tendremos
solamente una imitación de los grandes modelos (inglés, francés, americano)
Evidentemente, esta
construcción del poder es fruto del pensamiento racional y supone una conquista histórica que
avanza lentamente, sigue ritmos diferentes y goza de caracteres singulares en los diversos
países donde se produce.
El Constitucionalismo se basa en nuestra carta Magna o Constitución, en su estudio y aplicación
El ideal de Constitución no surge
espontáneamente en los procesos revolucionarios de los siglos XVII XVIII y XIX, sino que se
sustenta sobre siglos de pensamiento filosófico y de larga evolución de las teorías políticas.
Es el Derecho que funda la comunidad política, a
través del que se expresan las decisiones trascendentales de una sociedad, el que determina en
gran medida el modo y las condiciones de vida de los individuos que se integran en un
proyecto común de convivencia.