Категории: Все - enfermos - ley - méxico - paliativos

по Angeles Martínez 5 лет назад

1080

MARCO JURIDICO EN CUIDADOS PALIATIVOS MX

En México, los cuidados paliativos están regulados por un marco jurídico robusto que incluye múltiples disposiciones legales y normativas. La Ley General de Salud, a través del Artículo 166 Bis, establece los cuidados paliativos para enfermos en situación terminal.

MARCO JURIDICO EN CUIDADOS PALIATIVOS MX

MARCO JURIDICO EN CUIDADOS PALIATIVOS MÉXICO

I. Ley General de Salud, Artículo 166 Bis. De los Cuidados Paliativos a los enfermos en Situación Terminal.


DOF 5 de Enero 2009 II. Guía de Práctica Clínica en Cuidados Paliativos. México: Secretaría de Salud, 2010 III.


Guía de Referencia Rápida en Cuidados Paliativos, 2010 IV.


Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de servicios de Atención Médica.


DOF 05/11/2013 Noviembre 2013 V. Norma Oficial Mexicana-011-SSA3-2014.


Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos, publicada en DOF, 9 de diciembre de 2014 VI. Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la obligatoriedad de los esquemas de manejo integral de cuidados paliativo, publicado en DOF, 26 de diciembre de 2014 

DOF. 26 DE DICIEMBRE 2014.

Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la Obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de Cuidados Paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de los cuidados Paliativos.

DOF. 14 de diciembre de 2016

Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la Obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de Cuidados Paliativos Pediátricos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de los cuidados Paliativos Pediátricos

DOF. 9 DE DICIEMBRE 2014

NOM 011- SSA3-2014 Criterios para la atención de enfermos en situación terminal través de cuidados paliativos.

DOF. 5 DE ENERO 2009

Reforma al Art. 184 de la Ley General de Salud en la que se adiciona el Art. 166 BIS que contiene la Ley en Cuidados Paliativos.

MARCO CONCEPTUAL

Cuidados Paliativos en el marco legal mexicano
Art. 138 Bis 2 VI

Artículo 138 Bis 2 VI.- Define como Plan de Cuidados Paliativos: El conjunto de acciones indicadas, programadas y organizadas por el médico tratante, complementadas y supervisadas por el equipo multidisciplinario, las cuales deben proporcionarse en función del padecimiento específico del enfermo, otorgando de manera completa y permanente la posibilidad del control de los síntomas asociados a su padecimiento. Puede incluir la participación de familiares y personal voluntario. (2)




(2) Reglamento De La Ley General De Salud En Materia De Prestación De Servicios De Atención Médica. Diario Oficial de la Federación 01/11/2013  


Artículo 33. IV


Artículo 33. IV Las actividades de atención médica son: IV. Paliativas, que incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario. (1) 





(1) Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación el. 05/01/2009